Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1371
Chacabuco, 21/08/2024
DISPONIENDO LA CONTRATACIÓN DIRECTA CON LA COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CHACABUCO LIMITADA.-
Visto
Las presentes actuaciones (Expte. Nº 4029-3397/24) por las cuales la Secretaría de Obras y Servicios Públicas solicita la ejecución de la obra: “Alumbrado Público – Accesibilidad Establecimientos Educativos de nuestra ciudad”; Y
Considerando
Que las mismas serán ejecutadas por la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Limitada;
Que, lo dictaminado a fs. 28 por la Secretaría de Hacienda, el gasto que demande la ejecución referenciada será financiado con FONDO EDUCATIVO;
Lo dispuesto expresamente por el artículo 132° inc. c) de la L.O.M.;
Que han intervenido las distintas áreas con dictámenes que este Departamento Ejecutivo comparte;
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Disponer la contratación directa con la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Limitada, para efectuar la obra: “Alumbrado Público – Accesibilidad Establecimientos Educativos de nuestra ciudad”; todo ello conforme constancias obrantes en el Expediente Nº 4029-3397/24, en los términos del artículo 132° inc. c) de la L.O.M.
ARTÍCULO 2º: La presente contratación tendrá un costo de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE C/83/100 ($34.397.959,83) IVA INCLUÍDO, con un anticipo de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS CINUENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO C/93/100 ($13.759.195,93).
ARTÍCULO 3º: El gasto que demanda el cumplimiento de lo establecido en el art. 1º será imputado por Contaduría municipal a la Partida del RAFAM (FONDO EDUCATIVO).
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Chacabuco, 21 de agosto de 2.024.-