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Decreto Nº1365

Decreto Nº 1365

Chacabuco, 20/08/2024

DECLARANDO DE INTERÉS MUNICIPAL LA PROYECCIÓN DEL DOCUMENTAL “PEDAGOGÍA DE LA ESPERANZA” DEJAYAM.-

Visto

la nota presentada por la Secretaria General, solicitando  se declare de Interés Municipal, la Proyección del documental “Pedagogía de la Esperanza” DEJAYAM;

Este largometraje documental explora los hitos de la educación popular en nuestro país y Latinoamérica, haciendo foco en las políticas públicas de ampliación de derechos desarrolladas desde la Direccion de Educación de Jóvenes, Adultos y Adultos Mayores, de la Provincia de Buenos Aires, en su 50 aniversario.

En el marco de esta Jornada de Educación Provincial dicho encuentro se realizará en nuestro distrito el 21 de Agosto de 2.024 en el Cine Italiano a las 18 horas;

Considerando

la nota presentada por la Secretaria General, solicitando  se declare de Interés Municipal, la Proyección del documental “Pedagogía de la Esperanza” DEJAYAM;

Este largometraje documental explora los hitos de la educación popular en nuestro país y Latinoamérica, haciendo foco en las políticas públicas de ampliación de derechos desarrolladas desde la Direccion de Educación de Jóvenes, Adultos y Adultos Mayores, de la Provincia de Buenos Aires, en su 50 aniversario.

En el marco de esta Jornada de Educación Provincial dicho encuentro se realizará en nuestro distrito el 21 de Agosto de 2.024 en el Cine Italiano a las 18 horas;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la Proyección del documental “Pedagogía de la Esperanza” DEJAYAM. En el marco de esta Jornada de Educación Provincial dicho encuentro se realizará en nuestro distrito el 21 de agosto de 2.024 en el Cine Italiano a las 18 horas.

 

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo mencionado en el artículo 1º será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM correspondiente.

 

ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de   Gobierno de la Comuna.

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese.

                                               Chacabuco, 20 de agosto de 2.024.-