Boletines/Chivilcoy

Ordenanza Nº9139

Ordenanza Nº 9139

Chivilcoy, 14/06/2018

ORDENANZA

Artículo 1°: Hasta 72 horas posteriores a días de lluvia y durante todo el tiempo que perduren situaciones de emergencia vial, hídrica interpretándose al solo efecto de circulación por los caminos del distrito, declarada por el D.E. a los efectos de la presente ordenanza, prohíbase la circulación en caminos rurales, calles de tierra y caminos consolidados, circundantes al casco urbano de la ciudad, la circulación de camiones o cualquier tipo de vehículos o rodados, que no se ajusten a las siguientes especificaciones y máximos de cargas netas:

  1. Chasis: 6.000 Kg
  2. Chasis con acoplado de dos ejes: 17.500 Kg
  3. Chasis con acoplado de tres o más ejes: 20.000 Kg
  4. Unidad tractora con semi acoplado de cuatro ejes o más: 18.000 Kg
  5. Unidad tractora con semi acoplado de hasta tres ejes: 17.500 Kg
  6. En ningún caso se admitirá tren de vehículos.

Artículo 2°: Comuníquese, publíquese y archívese.