Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 924
Chivilcoy, 18/06/2018
Promulga Ordenanza N° 9139
Visto
la Ordenanza N° 9139 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la sesión pública ordinaria realizada el día 14 de junio de 2018 por la cual se establece que 72 horas posteriores a días de lluvia y todo el tiempo que perduren situaciones de emergencia vial, hídrica declarada por el D.E, a los efectos de la presente ordenanza se prohíbe la circulación en caminos rurales, calles de tierra y caminos consolidados la circulación de camiones o cualquier tipo de vehículos o rodados que no se justen a características determinadas en la mencionada norma , y
Considerando
que se debe proceder a su promulgación en tiempo y forma.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza N° 9139, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la sesión pública ordinaria realizada el día 14 de junio de 2018 en la cual establece que hasta 72 horas posteriores a días de lluvia y durante todo el tiempo que perduren situaciones de emergencia vial, hídrica interpretándose al solo efecto de circulación por los caminos del distrito, declarada por el D.E a los efectos de la presente ordenanza, prohíbase la circulación en caminos rurales, calles de tierra y caminos consolidados, circundantes al casco urbano de la ciudad, la circulación de camiones o cualquier tipo de vehículos o rodados, que no se ajusten a la siguientes especificaciones y máximos de cargas netas. Expte 4031-194160 Int 86 E .-
A) Chasis: 6.000 Kg,
B) Chasis con acoplado de dos ejes: 17.500 Kg,
C) Chasis con acoplado de tres o más ejes: 20.000 Kg
D) Unidad Tractora con semi acoplado de cuatro ejes o más: 18.000 kg
E) Unidad tractora con semi acoplado de hasta tres ejes: 17.500 kg
F) En ningún caso se admitirá tren de vehículos.
Artículo 2º: Cúmplase, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.-