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Decreto Nº0518

Decreto Nº 0518

Publicado en versión extractada

Puan, 26/03/2024

Se incorpora el ARTÍCULO 15º Bis a la ORDENANZA COMPLEMENTARIA del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2024, Nº 7928/24, quedando redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 15º Bis.- El personal municipal comprendido en las categorías de 7 a 15 inclusive percibirá una suma fija de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000.-) no remunerativos como “Refuerzo Salarial” aplicable en el mes de marzo de 2024. Dicho “Refuerzo” será de una suma fija de Pesos Cien Mil ($ 100.000.-) aplicable desde la categoría 7 a 15 inclusive; y de una suma fija de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000.-) para las categorías de 1 a 6, a partir del mes de abril de 2024. A partir del mes de mayo se aplicara de la siguiente manera: una suma fija de Pesos Cien Mil ($ 100.000.-) aplicable a las categorías de 1 a 6 inclusive y de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-) a las categorías de 7 a 15”.

Se modifica el ARTÍCULO 22° de la ORDENANZA COMPLEMENTARIA del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2024, Nº 7928/24,  a partir del mes de MARZO de 2024, quedando redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 22º.- Se otorga un adicional en concepto de COMPLEMENTO DE SUELDO, del cinco (5%) por ciento del Sueldo básico a los agentes que revisten desde las categorías de 7 a 15 inclusive, conforme el  Art. 6º Ley 14.656, que el Departamento Ejecutivo podrá instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones). El personal indicado en los artículos 5º (Personal sin estabilidad), 6º (Funcionarios de Ley y Juez de Faltas Municipal) y artículo 9º (concejales) quedan excluidos de este adicional”.

Se incorpora el ARTÍCULO 22º Bis a la ORDENANZA COMPLEMENTARIA del Presupuesto  de Gastos del Ejercicio 2024, Nº 7928/24, a partir del mes de MARZO de 2024,  quedando redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 22º Bis.-Se otorga un adicional en concepto de COMPLEMENTO DE SUELDO del cinco (5%) por ciento del Sueldo básico más la suma fija de pesos Cincuenta Mil ($ 50.000.-) remunerativo aplicable a los agentes que revisten desde las categorías de 1 a 6 inclusive, conforme el  Art. 6º Ley 14.656, que el Departamento Ejecutivo podrá instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones). El personal indicado en los artículos 5º (Personal sin estabilidad), 6º (Funcionarios de Ley y Juez de Faltas Municipal) y artículo 9º (concejales) quedan excluidos de este adicional”.

Se Crea en la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos Ejercicio 2024 en  PLANTA POLITICA, los siguientes cargos:

  • RESPONSABLE DE PRODUCCIÒN, coeficiente 1.653, régimen de 140 hs. mensuales, a partir del 1º de marzo de 2024, y se lo incorpora al ANEXO II de la Ordenanza Nº 7928/24.

  • RESPONSABLE DE JUVENTUD, coeficiente 1.653 , régimen de 140 hs. mensuales, a partir del 1º de marzo de 2024, y se lo incorpora al ANEXO II de la Ordenanza Nº 7928/24.

  • COORDINADOR DE CATASTRO, Coeficiente 2.140, régimen de 140 hs. mensuales, a partir del 1º de marzo de 2024, y se lo incorpora al ANEXO II de la Ordenanza Nº 7928/24.

Se modifica el cargo de Secretaria de Desarrollo Humano  en el  ANEXO II - Personal Planta Política, Artículos 5° y 8° de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de gastos Ejercicio 2024, pasando a SECRETARIA DE DESARROLLO.

Se incorporan al ANEXO II – Personal Planta Política, Artículos 5° y 8° de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de gastos y cálculo de recursos Ejercicio 2024, los siguientes cargos:

CARGO

CANTIDAD

REG. HORARIO

COEF.

     PERSONAL SUPERIOR

 

 

 

Secretaria de Desarrollo

1

140

5.000

Secretaria del Interior

1

140

5.000

PERSONAL JERARQUICO

 

 

 

Dirección de Comunicación y Protocolo

1

140

3.500

Dirección de Turismo, Cultura y Deportes

1

140

3.500

Dirección de Obras Publicas y Servicios Viales

1

140

3.500

Dirección de Ingresos Públicos Municipales

1

140

3.500

Dirección de Hacienda Publica

1

140

3.500

Dirección de Finanzas Publicas

1

140

3.500

COORDINACIONES

 

 

 

Coordinación de Comunicaciones

1

140

2.140

Coordinación de Catastro

1

140

2.140

RESPONSABLES

 

 

 

Responsable de Producción

1

140

1.653

Responsable de Juventud

1

140

1.653

Se modifica el ANEXO V – Organigrama-, Artículo 33° de la  Ordenanza Complementaria del Presupuesto de gastos Ejercicio 2024, que quedará establecido conforme se adjunta como “Anexo I: Anexo V Ordenanza Nº 7928/24”.

El presente decreto se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.