Boletines/Villarino

Ordenanza Nº4189

Ordenanza Nº 4189

Villarino, 28/08/2024

VISTO el Asunto N°14.684: Secretario de Gobierno, Sr. Gonzalo Silva eleva copia de Expte. N°805/24 Agentes municipales solicitan retiro voluntario.

Y CONSIDERANDO 1) El dictamen de la Comisión de Legislación recomendó, por unanimidad, su aprobación. 2) Que el mismo ha sido aprobado por la totalidad de los Señores Concejales Presentes, reunidos en Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de agosto de 2024
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Modifíquese el artículo 2° de la Ordenanza Municipal 3237/18 quedando redactado de la siguiente manera: “La indemnización reconocida al agente que se acogerá al presente Programa de Retiro Voluntario, tendrá como base de cálculo la categoría actual del agente, considerando su carga horaria, debiendo tener una antigüedad mínima de un año en dicha categoría. En caso de antigüedad menor, se aplicará la remuneración correspondiente a la categoría previa al ascenso. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá optar abonar la misma en un pago único, dentro de los 30 días corridos de otorgado el retiro, o en forma mensual, es decir, un sueldo por mes, comenzando a abonarlo dentro de los 30 días corridos de otorgado el retiro, debiendo actualizar mensualmente la base de cálculo conforme al valor de la categoría del agente al momento del pago.”.-
ARTÍCULO 2°: Modifíquese el artículo 4° de la Ordenanza Municipal 3237/18 quedando redactado de la siguiente manera: “Dispóngase que los Trabajadores Municipales que revisten en las Plantas Permanentes con Estabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal tendrán plazo para adherir al Programa de Retiro Voluntario hasta el día 31 de Diciembre de 2024, inclusive.”.-

ARTÍCULO 3°: Promúlguese, publíquese, comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos, cumplido archívese.