Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 12680/17
Quilmes, 05/05/2017
VISTO
El Expediente Nº 4091-3708-S-17, Ref.: La Resolución Nº 10/13 de la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO
Que dicha Norma aprueba el “Programa de Cooperación y Asistencia Legal y Técnica a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires” cuyo principal objetivo es desarrollar las acciones y herramientas de cooperación necesarias para optimizar la capacidad de gestión y de funcionamiento de la actividad administrativa de los municipios, en lo concerniente a los aspectos técnico-legales de su organización.
Que mediante la Ley Nº 14.491 – modificatoria del Decreto Ley Nº 6769/58- se introducen una serie de disposiciones a efectos de que la Ley Orgánica de las Municipalidades recepte de manera amplia y plenamente el principio republicano, en materia de publicidad de los actos de gobierno.
Que en ese contexto, la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires ha desarrollado un sistema de software que permite a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires implementar un Boletín Oficial Municipal, facilitando la publicación de Ordenanzas del Concejo, Decretos y Resoluciones del Departamento Ejecutivo y Legislativo, garantizando el acceso a la información de todos los habitantes de la Provincia y transparencia de los actos de Gobierno, denominado Sistema de Boletines Oficiales Municipales, en adelante “SIBOM”.
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 12680/17
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: CONVALIDASE el ACUERDO MARCO DE COOPERACION Y ASISTENCIA LEGAL Y TECNICA, suscripto el 26 de septiembre de 2016 entre la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Quilmes, con el objeto de desarrollar acciones y herramientas de cooperación para optimizar la capacidad de gestión y de funcionamiento de la actividad administrativa del Municipio, en lo concerniente a los aspectos técnico-legales de su organización.
ARTICULO 2º: CONVALIDASE el ACTA COMPLEMENTARIA Nº 1 del ACUERDO MARCO DE COOPERACION Y ASISTENCIA LEGAL Y TECNICA, suscripta el 26 de septiembre de 2016 con el objeto de transferir tecnología y asistencia para la implementación del SIBOM.-
ARTICULO 3º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo, a arbitrar las medidas necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro. General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 12680/17 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 25 de Abril de 2017.
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.
DR.IGNACIO C.ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 1702/2017