Boletines/Adolfo Alsina

Ordenanza Nº4939

Ordenanza Nº 4939

Adolfo Alsina, 16/08/2024

VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 4931/24 referida a buzones anti-narco. Y;

CONSIDERANDO: Que recientemente se han llevado a cabo reuniones conjuntas entre éste Honorable Cuerpo y la Secretaría de Seguridad con respecto a la mencionada norma.-

Que en dichas reuniones se han contemplado cuestiones referidas a la aplicación y usabilidad de los métodos propuestos en la Ordenanza.-

Que el espíritu de la misma es aportar a la comunidad herramientas efectivas y seguras para denunciar ilícitos relacionados al narcotráfico, y contribuir de ésta forma al trabajo que se lleva adelante en materia de prevención y erradicación de la mencionada problemática.-

Que de común acuerdo entre los integrantes de las mencionadas reuniones, se ha decidido modificar la Ordenanza vigente para ampliar y adecuar la misma con el objetivo de optimizar la efectividad en la práctica. . Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1°.- Modifíquese la Ordenanza 4931/24, la misma quedará redactada de la siguiente manera:

Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la colocación de “buzones anti-narco” y “buzones anti-narco digitales” en espacios públicos del Distrito.-

Artículo 2º: Dispóngase de al menos un buzón físico en cada localidad del Distrito, debiendo éste estar correctamente amurado y sellado, para garantizar el anonimato de los potenciales denunciantes. Los mismos, deberán contar con la correspondiente cartelería informativa y ubicarse en puntos estratégicos, tales como plazas o parques, según se considere pertinente. Dichos buzones deberán ser abiertos y controlados periódicamente por la Secretaría de Seguridad.-

Artículo 3º: Entiéndase como “Buzones anti-narco digitales” a cartelería ubicada en puntos de gran circulación del distrito, que contengan la información necesaria para que potenciales denunciantes puedan ponerse en contacto de manera anónima con aquellos organismos regionales y provinciales receptores de denuncias por narcotráfico.-

Artículo 4º: Autorícese al Departamento Ejecutivo, por el área que corresponda, a difundir y concientizar a los vecinos del Distrito sobre la implementación de estas dos modalidades de buzones anti-narco que serán implementadas.-

Artículo 5º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer e instrumentar las normas reglamentarias que se consideren necesarias, a los fines de la aplicación de la presente Ordenanza.-

Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-”

Artículo 2°.-.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADO Y SELLADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, Ana Clara URIBE ECHEVARRÍA – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”