Boletines/Adolfo Alsina

Ordenanza Nº4935

Ordenanza Nº 4935

Adolfo Alsina, 25/07/2024

VISTO: La necesidad de establecer como mano única la circulación vehicular sobre la calle Belgrano, sentido NE a SO entre Boulevard Roca y Namuncurá de la localidad de Carhué y la implementación de una ciclovía que se extenderá desde Boulevard Roca hasta calle Calfucurá. Y;

CONSIDERANDO:   Varias inquietudes y denuncias presentadas por los Directivos de las Escuelas Nº 5 y Nº 45, así como vecinos y padres que utilizan esta calle.-

Que la organización del tránsito da seguridad a los vecinos y a quienes la transitan.-

Que son atribuciones de este Honorable Concejo Deliberante, la adopción en general de todas las medidas que tiendan a asegurar la seguridad y el bienestar de la Población. Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1°.- Otórgase a la calle Belgrano sentido NE a SO entre Boulevard Roca y Namuncurá de la ciudad de Carhué, la categoría de “Mano Única".-

Artículo 2°.- Autorícese la implementación de una Ciclo Vía dentro de la calle Belgrano, desde Boulevard Roca y Calfucurá. Será construida sobre mano izquierda, sentido al tránsito vehicular dispuesto.-

Artículo 3°.- Dispóngase la colocación de señalética según lo establece la presente Ordenanza.-

Artículo 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADO Y SELLADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, Ana Clara URIBE ECHEVARRÍA – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”