Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº14154/2024

Ordenanza Nº 14154/2024

Quilmes, 28/08/2024

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-30073-2024; y

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.154/2024 en la Sesión Ordinaria del día 13 de Agosto del 2024, cuyo texto expresa:

VISTO:

El Expediente 2-30073-HCD-2024 Presentado por la Concejala EVA MIERI. Ref.: Las Leyes Provinciales 14801 y 15386 que establecen un Régimen Previsional Especial para los ex soldados conscriptos, suboficiales y oficiales excombatientes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, que hayan participado en el Teatro de Operaciones de Malvinas (T.O.M.) o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) y hubieran sido dados de baja o retirados por una incapacidad en y por acto de servicios a causa del conflicto bélico referido, y

 

CONSIDERANDO:

Que resulta imperioso el reconocimiento y la ampliación de derechos a nuestros Veteranos de Guerra que lucharon con valentía y en las condiciones más precarias y adversas, haciendo frente y dedicando sus vidas a la defensa de la Patria y a nuestro reclamo  histórico como País sobre la soberanía de nuestras Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.

Que, mediante las Leyes Nº 12875 (modificada por las Leyes 13533, 13872 y 14801) y la Ley 15386, se otorga el tan ansiado y merecido reconocimiento en el marco de la seguridad social a aquellos ex soldados conscriptos, suboficiales y oficiales, combatientes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hayan participado entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982 en el denominado Teatro de Operaciones de Malvinas (T.O.M.) o aquellos que hubieran entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) y civiles que cumplieran funciones en los lugares donde se desarrollaron las mismas y sean aportantes  y se desempeñen en tareas de afiliación al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, según lo establece en cada caso.

Que nuestros Veteranos de la Guerra de Malvinas son un ejemplo de compromiso y lealtad a nuestra Patria.

Que, a su vez, el Artículo 62º de la Ley Nº 12875 (modificada por Ley Nº 14801) y el Artículo 7° de la Ley Nº 15386, establecen en cada uno de los regímenes que los agentes dependientes  de los Municipios comprendidos en la Ley Nº 14656 (Empleo Público Municipal) podrán optar por acogerse a los beneficios de dicha modalidad de jubilación, siempre que medie Ordenanza de adhesión y cumplan con las obligaciones exigidas por las normas.

Que las citadas Leyes procuran contemplar la situación especial de los excombatientes de Malvinas para que bajo determinadas condiciones de edad y de servicios puedan acceder al beneficio previsional.

Que el Municipio de Quilmes siempre ha acompañado los actos de reconocimiento para con quienes dispusieron sus vidas en defensa de la Patria, habiendo, entre otras medidas, propuesto "Héroes de Malvinas" como una  de las opciones (y la ganadora) que la Comunidad tuviera para votar la  nominación de la que hubiera sido la nueva estación de ferrocarril Quilmes Sur y habiendo dictado la Ordenanza Nº 14037/24 que determina la realización de una Sesión Especial cada 2 de Abril o en su consiguiente día en honor a los doce soldados caídos en combate durante el Conflicto de las Islas  Malvinas, Ciudadanos de Quilmes, quienes representan el sacrificio y la entrega de todos aquellos compatriotas que perdieron la vida en el mencionado conflicto, a realizarse en el recinto del Honorable Concejo Deliberante que lleva el nombre de "Héroes de Malvinas".

Que conforme lo establece el Artículo 41° del Decreto-Ley Nº 6769/58 (L.O.M.), corresponde al Departamento Deliberativo autorizar acogimientos a las Leyes Provinciales.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

ORDENANZA

ORDENANZA  Nº 14154/2024

 

ARTICULO  1°:  ADHIERASE  a  las  Leyes  Nº  14801  y 15386  de la  Provincia de Buenos Aires, las cuales establecen un Régimen Previsional Especial para los Ex Soldados Conscriptos, Suboficiales y Oficiales Excombatientes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hayan participado entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982 en el denominado Teatro de Operaciones de Malvinas (T.O.M.) o aquellos que hubieran entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) y civiles que cumplieran funciones en los lugares donde se desarrollaron las mismas y sean aportantes y se desempeñen en las Jurisdicciones establecidas en las Normas.

ARTICULO 2°:COMUNIQUESE    a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

 

QUILMES, 13 de Agosto de 2024.

 

 

Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D. Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.154/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 13 de agosto de 2024.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

 

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

DECRETO Nº 2559/2024