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Ordenanza Nº14147/2024

Ordenanza Nº 14147/2024

Quilmes, 28/08/2024

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-30072-2024; y

CONSIDERANDO:

                         Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.147/2024 en la Sesión Ordinaria del día 13 de Agosto del 2024, cuyo texto expresa:

VISTO:

               El Expediente Nº 2-30072-HCD-2024 Presentado por las y los Concejales EVA MIERI, EZEQUIEL ARAUZ, ARIEL BURTOLI, MARIANO CASADO, FLORENCIA HERNANDEZ, GABRIEL !BARRA, KARINA JARA, BELEN MARON y la Presidenta del Honorable Concejo Deliberante Concejala FLORENCIA ESTECHE. Ref.: La Ordenanza Nº 12496/15 del Honorable Concejo Deliberante a través de la cual se declara a Quilmes como "Ciudad Plurinacional e intercultural" garantizando el respeto a la identidad y diversidad cultural, promoviendo el derecho a una educación intercultural, y

CONSIDERANDO:

                               Que estamos próximos a cumplir un nuevo aniversario de la fundación de nuestra Ciudad el 14 de Agosto, a 212 años de la declaración de Quilmes como "Pueblo libre a toda clase de personas", conformando la primera población de la zona.

                            Que desde la Gestión de la Intendenta Mayra Mendoza, nos parece fundamental continuar visibilizando y reconociendo a quienes fueron los primeros y verdaderos fundadores de nuestra Patria chica, quienes fueron traídos caminando desde Tucumán a este suelo en 1666.

                          Que desde la Dirección de Pueblos Originarios de Quilmes se tomó la iniciativa de emplazar cuatro emblemas Chakanas en los puntos cardinales en los ingresos a la Ciudad.

                         Que la Chakana es el puente que unifica la cultura con el ESPACIO-TIEMPO, fruto de su origen quechua en el que CHACA: se refiere a "un puente o unión", NA: sufijo que indica "lo que sirve de o para", es representada a través de una escalera de 4 lados que actúa como un enlace entre dos elementos complementarios.

                           Que en la Chakana se sintetiza el saber filosófico, sociológico, geográfico, económico y jurídico.

                          Que cada estrella es un punto cardinal o suyo (región): Chichansuyo-Norte, Kollasuyo-Sur, Kuntisuyo-Este, Antisuyo-Oeste, simboliza el agua, tierra, fuego y aire, formando los cuatro elementos de la vida, entendiendo que no hay vida sin la presencia de uno de estos elementos.

                                Que, los pueblos andinos celebran a la Chakana con una Ceremonia que, además, da señal al tiempo de cosecha.

                                           Que la práctica de las costumbres y tradiciones ancestrales permite al Pueblo entender que hay otra historia, la historia de los pueblos, una verdadera historia no contada.

                   Que el acontecimiento se haga extensivo a todas las áreas del Municipio que tengan interés en participar, ayudaría a avanzar un paso más tras la búsqueda de nuestra identidad.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

ORDENANZA

ORDENANZA  Nº 14147/2024

 

 

ARTICULO    :   DECLARASE     de Interés Municipal, Histórico y Cultural el emplazamiento de cuatro emblemas Chakanas en los cuatro puntos cardinales de ingreso al Distrito de Quilmes.

ARTICULO 2°: DESE el permiso a la Dirección de pueblos originarios para la realización del emplazamiento de cuatro emblemas Chakanas en los puntos cardinales en los ingresos a la Ciudad, cito en los siguientes puntos geográficos del Distrito, triangulo de Berna!, rotonda de Camino Gral. Belgrano y Av. Paseo, Bajada en Quilmes de la Autopista, Bs.As. La Plata, rotonda de Av. Smith y Av. La Plata.

ARTICULO     3°:    AUTORIZASE     al    Departamento    Ejecutivo    a    realizar    las  adecuaciones   presupuestarias  necesarias   para la presente Ordenanza.

ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE. ·

 

 

QUILMES, 13 de Agosto de 2024.

 

 

Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D. Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.147/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 13 de agosto de 2024.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

 

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

DECRETO Nº 2552/2024