Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14142/2024
Quilmes, 28/08/2024
VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28885-2023; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.142/2024 en la Sesión Ordinaria del día 13 de Agosto del 2024, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 2-28885-HCD-2023 Presentado por las y los
Concejales JOSE LUIS CONTRERAS, ARIEL BURTOLI, EZEQUIEL ARAUZ, MARIANO CASADO, FEDERICO D'ANGELO, FLORENCIA ESTECHE, EVELIN
GIANCRISTOFORO, BELEN MARON y las Concejalas Mandato Cumplido LAURA GONZALEZ, PATRICIA IRIBARNE, SUSI PAZ, LORENA RODRIGUEZ. Ref.: La
contaminación que se produce por la utilización de plásticos de un solo uso y la necesidad de preservar el ambiente, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 41° de la Constitución Nacional establece:
"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo".
Que el Artículo 54° de la Constitución Provincial establece: 'Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano y para las actividades productivas o de cualquier índole, satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, así como el deber de preservarlo. Todo habitante de la provincia tiene derecho, a solo pedido, a recibir libremente información sobre el impacto que causen o pudieren causar sobre el medio ambiente actividades públicas o privadas".
Que la contaminación plástica representa uno de los mayores peligros que enfrenta nuestra sociedad en la actualidad. La capacidad del plástico para adaptarse a distintas formas y resistir cambios de temperatura lo volvió una opción económica y funcionalmente viable para fabricar todo tipo de contenedores y accesorios. Entre ellos, aquellos que por su ligereza sirven para uso único, también conocidas como utensilios descartables.
Que el plástico es considerado una problemática global y muy compleja de abordar, por lo que se debe propender a disminuir su producción y consumo, promover su reemplazo por materiales biodegradables y manejar adecuadamente sus residuos, optando por la reutilización y reciclaje.
Que cada argentino y argentina genera en promedio más de 1 kilogramo de desechos por día, según el Observatorio Nacional para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, y muchos de estos son utensilios plásticos que se utilizaron por única vez.
Que según el INDEC y los resultados definitivos del último censo, nuestro municipio creció un 9,11%, generando una incrementación de residuos.
Que de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, en Argentina existen 5000 basurales a cielo abierto, lo que significa, en promedio, más de dos basurales por municipio.
Que el uso de artículos descartables no hace más que incrementar esta problemática, por lo que resulta fundamental regular su uso.
Que la contaminación plástica aumentó casi un 50 % la mortalidad de la fauna marina en la costa bonaerense en el año 2021, según expertos de la Fundación Mundo Marino. Estudios realizados indican que la mayor parte de los animales marítimos tienen en su interior residuos plásticos, debido al descontrolado desecho de estos.
Que cada insumo plástico que se utiliza tiene un alto costo ambiental, ya que demanda más tiempo en descomponerse que el papel o cartón; asimismo los plásticos también se acumulan en los cursos de agua, lo que genera daños irreparables.
Que fomentando la utilización de utensilios compuestos por bioplásticos (tipos de plásticos derivados de productos vegetales), descartables biodegradables (se descompone de forma natural por organismos o microorganismos sin necesidad de emplear otros elementos como químicos) o reutilizables, se puede disminuir notablemente el consumo de envases de un solo uso.
Que impedir el uso de plásticos no reutilizables no constituye un medio efectivo para resolver de manera total los impactos ambientales. No obstante, está en crecimiento la implementación de alternativas supuestamente "ecológicas" o biodegradables, las cuales contienen derivados del petróleo que liberan metales pesados contaminantes.
Que resulta menester que el Estado asuma una actitud pionera y ejemplificadora, liderando un cambio de paradigma para concientizar a la población y dar un vuelco desde lo "descartable" a lo "sustentable".
Que existe la idea de que al ser degradables no causarían impactos ambientales, ya que tienen su origen en el petróleo y están constituidos de polietileno PE y de aditivos químicos, pero lo cierto es, que en el proceso de degradación las partículas restantes, no visibles al ojo humano no logran reintegrarse de manera total al medio ambiente, denominado microplástico (piezas de plástico que contaminan el medio ambiente de menos de 5 mm de diámetro, parámetro brindado por la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica).
Que la clave radica en realizar una buena gestión de residuos para lograr una mejor calidad de vida, con compromiso, educación, concientización y participación para la construcción de nuevos "hábitos".
Que, los plásticos se desarrollaron comercialmente en forma masiva desde mediados del Siglo pasado y desde entonces han tenido un gran crecimiento en su consumo debido a su versatilidad, facilidad de moldeo, bajo costo y menor consumo de energía que otros materiales, aprovechables en las más variadas aplicaciones (envases, agro, electrónica, electricidad, salud, medicina, industria automotriz, deportes y construcción) y con la capacidad de combinarse con otros materiales.
Que la clave para vivir en un ambiente sano y saludable es una buena educación, concientización y participación de todos los quilmeños y quilmeñas para poder construir hábitos no contaminantes y saludables.
Que el problema de la contaminación que genera la utilización de plásticos de un solo uso es objeto de debate y que se tomaron medidas para solucionar dicho problema, como es el caso de Francia que en el año 2016 sancionó un Decreto que prohíbe la venta y distribución gratuita de utensilios descartables fabricados íntegramente con plásticos a partir del corriente año.
Que en 2022, un grupo de investigadores del CSIC publicó un estudio en Scíentífíc Reports sobre la ingesta de microplástico, encontrados en una gran variedad de alimentos y bebidas, estas partículas pueden transportar consigo sustancias toxicas que se incorporan al organismo causando daños en las células humanas, incluidas las reacciones alérgicas y la muerte celular.
Que los envases plásticos representan casi la mitad de todos los residuos plásticos a nivel mundial, y muchos de ellos son desechados después de haber sido utilizado tan sólo unos pocos minutos, según la Dirección Ejecutiva del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
Que de acuerdo a un informe de la Fundación Vida Silvestre se estima que los plásticos de un solo uso tienen un promedio de utilización de 20 minutos en mano y que tardan entre 100 y 500 años en degradarse completamente.
Que según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), anualmente se produce en el mundo más de 400 millones de toneladas de plástico y apenas el 9% de los desperdicios es reciclado.
Que muchos de estos productos son de plástico, telgopor, polipropileno y otros materiales que son difíciles de reciclar, no son biodegradables y provocan una grave contaminación del medio ambiente, además de generar un enorme aumento de la basura.
Que el problema de los utensilios descartables está siendo objeto de debate en la Organización de las Naciones Unidas, adoptando medidas para la gestión de la regulación de los utensilios de un solo uso.
Que esta Ordenanza busca restringir el uso y distribución de los denominados plásticos de un solo uso: bandejas, platos, cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, revolvedores), vasos descartables y bolsas plásticas.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 14142/2024
ARTICULO 1°: REDUZCASE el uso y entrega, en todos los establecimientos comerciales y públicos, de vasos, revolvedores, platos y cubiertos plásticos de un solo uso.
ARTICULO 2°: PROMUEVASE la transición de hábitos de consumo en las personas con el objetivo de disminuir la utilización de productos plásticos de un solo uso; el reemplazo por materiales reutilizables o biodegradables y la gestión adecuada de los residuos plásticos por parte del productor.
ARTICULO 3°: ESTABLEZCASE los plazos de aplicación de la Norma, los que se computarán a partir de la promulgación de la presente Ordenanza:
ARTICULO 4°: EXCEPTUASE de lo dispuesto en la presente Ordenanza: Hospitales, centros médicos, geriátricos y afines.
ARTICULO 5°: SOLICITASE al Departamento Ejecutivo la realización de campañas de concientización y de educación orientada a proporcionar información referente a los alcances de la presente Ordenanza sobre la reducción de productos plásticos descartables, fomentando los reutilizables y bioplásticos.
ARTICULO 6°: FACULTASE, al Departamento Ejecutivo la designación de la Autoridad de Aplicación.
ARTICULO 7°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 13 de Agosto de 2024.
Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D. Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.142/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 13 de agosto de 2024.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO Nº 2547/2024