Boletines/Mercedes

Decreto Nº1459/2024

Decreto Nº 1459/2024

Mercedes, 20/08/2024

Visto

Las actuaciones del Expediente N° EX-2024-00021473- -MERCEDES-DC#SG, caratulado: “Dirección de Turismo y Comercio- Declarar de Interés Municipal 49° Fiesta Nacional del Salame Quintero”, y

Considerando

Que, como todos los años se celebra en nuestra ciudad de Mercedes la Fiesta Nacional del Salame Quintero.

Que, en esta oportunidad tendrá lugar los venideros días viernes 6, sábado 7 y domingo 8 de septiembre, en el Parque Municipal Independencia.

Que la ciudad se prepara para recibir a miles de visitantes que vendrán a disfrutar de este evento en el cual habrá diferentes números de canto y danza folclórica, y en el que participaran productores, comerciantes, artistas y artesanos locales.

  Que a partir de observaciones realizadas años anteriores y las indicaciones dadas por el Honorable Tribunal de Cuenta de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Mercedes, se viene organizando por el Municipio en su totalidad, sin recurrir a una comisión organizadora.

Que esto motiva la elaboración del presente decreto, a fin de dejar establecido en el mismo todos los ingresos que se piensa obtener por la organización de dicha fiesta, como así también los gastos, que hagan a la organización del festival, los cuales se imputen a la cuenta “Fondos de Eventos Municipales”.

Que, dada la importancia del mismo, se estima procedente su declaración de Interés Municipal.

Que impulsa denominar a la cuadragésima novena edición de la Fiesta Nacional del Salame Quintero en conmemoración a Juan Carlos Berro, comerciante y vecino distinguido de nuestra ciudad por su elaboración de chacinados y sus más de 55 años de trayectoria en la producción de salame quintero. 

Que motiva la denominación de Juan Carlos Berro, ya que logro ser el primer embajador cultural elegido por los vecinos y vecinas. Juan Carlos consiguió representar a la ciudad de Mercedes a nivel nacional y provincial en la elaboración del salame.

Que es voluntad del Sr. Intendente Municipal, y de la Sra. Secretaria de Gobierno, el dictado de actos que contribuyan a la gesta de una comunidad organizada, solidaria y con un gran desarrollo cultural, turístico y recreativo.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inciso 17) del Decreto Ley 6769/58.

Por ello, EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MERCEDES(B), en uso de las facultades legales que le son propias;

DECRETA

ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Municipal la 49° EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL DEL SALAME QUINTERO “Juan Carlos BERRO” a realizarse los días viernes 6, sábado 7 y domingo 8 de septiembre de 2024, en el predio del Parque Municipal Independencia de la ciudad de Mercedes. -

ARTICULO 2º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que demande la organización de dicho evento. -

ARTICULO 3º.- Establécese que el precio de las entradas para la Fiesta Nacional del Salame Quintero serán las siguientes:

El día viernes 6 de septiembre el ingreso a la 49° Fiesta Nacional del Salame Quintero será libre y gratuito para todo el público general. Los valores establecidos para el ingreso los días sábado 7 y domingo 8 de septiembre por jornada, respectivamente, se establecen como:

 

ONLINE ANTICIPADAS (hasta el día jueves 5 de septiembre de 2024)

  • Anticipadas online _____________________________$2.000,00.-
  • Paquete online 4 x 3 ____________________________$6.000,00.-

*La adquisición de entradas anticipadas online serán por intermedio de la web oficial digital: mercedes.boleteríadigital.com.ar

 

FÍSICAS

  • En puerta general ________________________________ $3.000,00.-
  • Residentes/as mercedinos/as y jubiladas/os en general ____$2.000,00.-

Menores de 12 años y personas con discapacidad sin cargo.

ARTÍCULO 4º.- Establécese que los valores de los stands para la Fiesta Nacional del Salame Quintero, serán los siguientes:

FOOD GASTRONÓMICO

Hasta 7 metros con lanza incluida ---------- $120.000,00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$17.000,00.-

FOOD CERVECERO

Hasta 7 metros con lanza incluida ---------- $90.000,00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$12.000,00.-

GAZEBO CERVECERO

3 metros por 3 metros -------------------------$40.000,00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$13.000,00.-

GAZEBO Y/O BARRA DE BEBIBAS

3 metros por 3 metros -------------------------$90.000,00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$30.000,00.-

CAZEBO COMESTIBLE SALADO

3 metros por 3 metros -------------------------$80.000.00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$25.000.00.-

GAZEBO COMESTIBLE DULCE

3 metros por 3 metros -------------------------$50.000.00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$14.000.00.-

GAZEBO TORTERO/A

3 metros por 3 metros -------------------------$60.000.00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$15.000.00.-

GAZEBO VENTA DE EMPANADAS

3 metros por 3 metros -------------------------$80.000.00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$25.000.00.-

CAZEBO RESTAURANTES Y/O COMERCIO GASTRONÓMICO HABILITADO

3 metros por 3 metros -------------------------$100.000.00.-

  • Adicional por metro cuadrado ----$33.000.00.-

REVENTA

3 metros por 3 metros -------------------------$75.000.00.-

VENTA DE POCHOCLOS

$30.000,00.-

EMPRENDIMIENTO PRODUCTIVO ALIMENTICIO

$50.000,00.-

PRODUCCIONES ALTERNATIVAS

$30.000.00.-

ARTESANOS/AS

3 metros por 3 metros -------------------------$30.000.00.-

 

ARTICULO 5º.- Apruébese el reglamento del Concurso Mejor Salame Quintero obrante en formato de anexo único, y otórguese a los ganadores del mismo los siguientes premios:

1° premio $ 200.000,00 (pesos doscientos mil)

2° premio $150.000,00 (pesos ciento cincuenta mil)

3° premio $100.000,00 (pesos cien mil)

 

ARTICULO 6º.- Autorizase a abonar a cada uno de los lotes de salame presentados para participar del concurso Mejor Salame Quintero, la suma de pesos veinticinco mil ($25.000).-

ARTICULO 7º.- Los gastos que demanden el cumplimiento del artículo 5° y 6° serán imputados a las partidas: Jurisdicción 1110102000 categoría programática 27.03.00 objeto del gasto 5.1.4.2 fuente de financiamiento 131.-

ARTICULO 8º.- Establécese que los valores, para aquellas empresas que deseen promocionar y/o publicitar en la Fiesta Nacional del Salame Quintero, serán los siguientes:

PLAN 1:

Visibilidad en redes en la promoción del evento + presencia en el lanzamiento de la fiesta + anuncio de los locutores en el escenario + presencia en las pantallas LED del escenario + colocación de publicidad gráfica (gotas, banderas, folletería, cartelería, tótem, cartel sándwich). -

*el material físico de cartelería a colocar en el predio será brindado por la empresa. -

INVERSIÓN: $130.000

PLAN 2:

Visibilidad en redes en la promoción del evento + presencia en el lanzamiento de la fiesta + anuncio de los locutores en el escenario + presencia en las pantallas LED del escenario + STAND de 3 x 3 metros +4 promotores recorriendo el predio + STAND de promoción de 3 x 3 metros + colocación de publicidad gráfica (gotas, banderas, folletería, cartelería, tótem, cartel sándwich). -

*el material físico de cartelería a colocar en el predio será brindado por la empresa. -

INVERSIÓN: $180.000

PLAN 3:

Visibilidad en redes en la promoción del evento + presencia en el lanzamiento de la fiesta + anuncio de los locutores en el escenario + presencia en las pantallas LED del escenario + STAND de 3 x 3 metros +4 promotores recorriendo el predio + folletería en bolsas de productores + colocación de publicidad gráfica (gotas, banderas, folletería, cartelería, tótem, cartel sándwich). -

*el material físico de cartelería a colocar en el predio será brindado por la empresa. -

INVERSIÓN: $250.000

PLAN 4:

Visibilidad en redes en la promoción del evento + presencia en el lanzamiento de la fiesta + anuncio de los locutores en el escenario + presencia en las pantallas LED del escenario + STAND de 3 x 3 metros +4 promotores recorriendo el predio + folletería en bolsas de productores + una parcela de 6 x 3 metros para exposición+ colocación de publicidad gráfica (gotas, banderas, folletería, cartelería, tótem, cartel sándwich). -

*el material físico de cartelería a colocar en el predio será brindado por la empresa. -

INVERSIÓN: $500.000

 

ARTICULO 9º.- Otórguese dos (2) entradas especiales por agente municipal, para que ingresen de manera gratuita uno de los días de la Fiesta Nacional del Salame Quintero. -

 

ARTÍCULO 10º.- Establécese que los empleados municipales que trabajen en la Fiesta Nacional del Salame Quintero, percibirán, según la tarea a desarrollar, una suma fija no remunerativa por única vez de:

             BONO A ______________ $60.000,00 por jornada.-

BONO B_______________$40.000,00 por jornada.-

BONO C_______________$30.000,00 por jornada.-

 

ARTICULO 11º.- Establecese que el valor del estacionamiento por jornada será el siguiente:

  • Auto y moto vehículos ____________________________ $1.500,00.-
  • Bus y minibús____________________________________$5.000,00.-

 

ARTICULO 12º.- Establécese que el estacionamiento estará cargado al Club Atlético San Martín y a los Bomberos Voluntarios de Mercedes (B), dichas asociaciones están declaradas como entidades de bien público, por lo cual no se le cobrará la concesión de las mismas.

ARTICULO 13º.-Establécese que las cantinas estarán a cargo de clubes deportivos e instituciones de nuestra ciudad, las cuales están declaradas como entidades de bien público, por lo cual no se le cobrará la concesión de las mismas. Los lugares que ocupen ellas, se establecerán mediante sorteo en la Dirección de Deportes.  A saber:

  • Club deportivo Quilmes, Atlético Trocha, Ateneo de la Juventud, Defensores de Belgrano, Talleres R.J Payró y asociación de Amigos Peñeros Mercedes.

 

ARTICULO 14º.- Autorízase a que todos los ingresos como los egresos de la Fiesta Nacional del Salame Quintero se imputen a la cuenta: “Fondo de Eventos Municipales”.-

ARTICULO 15º.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese, cumplido, archívese.-