Boletines/Mercedes

Decreto Nº1374/2024

Decreto Nº 1374/2024

Mercedes, 06/08/2024

Visto

Lo actuado en Expediente Administrativo Nº 5335/2024, caratulado “Concurso de Precios N° 38/2024 s/ la adquisición de equipo de otoemisiones acústicas para Secretaría de Salud”, y;

Considerando

Que, a partir de la necesidad formulada por la Secretaría de Salud a fojas 3 según la Solicitud de Pedido n° 4089, se convocó al llamado de Concurso de Precios n° 38/2024 con motivo de realizar la convocatoria de oferentes y lograr la compra de un equipo de otoemisiones acústicas destinado a abastecer al área de Salud.

Que, habiéndose realizado la apertura de sobres en instancias de “primer llamado”, se presentaron 2 (dos oferentes). Que, finalizado el acto de apertura, la firma “Gasfra S.R.L.” comunicó al Departamento de Compras vía e-mail (fs. 101 y 105) que la propuesta del proveedor más económico no cumpliría con los lineamientos mínimos exigidos por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), ni cumpliría con la Normativa Nacional de Salud, acusando que tanto el distribuidor como el fabricante no estarían registrados en la biblioteca del ente.

Que, tomado intervención el área de Salud a fs. 107, comunicó que no sería viable la oferta, sugiriendo la realización de un segundo llamado.

A partir de ello, se realizó la convocatoria de oferentes para la realización de un nuevo llamado previsto para el día 17/07/2024, donde se presentaron únicamente los proveedores que habían ofertado oportunamente en el primer llamado, observando que la propuesta del proveedor más económico -–Ujhelyi Claudio Daniel – varió un 5% (cinco por ciento) su cotización inicial del primer llamado.

Que, a partir de un cauteloso análisis técnico y legal llevado a cabo por el área de Salud, se sugirió a fs. 217 resolver la adjudicación a la firma más económica, afirmando que el mismo “…cumple con los recaudos técnicos solicitados por esta secretaría, atento a que el mismo es de marca nacional y ante un desperfecto técnico, sería de fácil reparación…”. Informa y pone en conocimiento, además, la disposición n° 6052/2013 de la ANMAT, enmarcando que en su art. 1° se expone que no quedan sometidos a su régimen y a los reglamentos que en consecuencia se dicten, aquellos distribuidores que comercialicen dentro de la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.

Que, atento a ello, no habría impedimentos técnicos y/o legales para su adjudicación. En términos de valores económicos, su propuesta resulta ser un 19,15% superior al costo estimado por la Municipalidad, mientras que la más económica de la firma “Gasfra S.R.L.” supera en un 69,68%. Al tratarse de un equipo de Salud de imperiosa necesidad de adquirir, y en vista de que el presupuesto oficial data de fecha 24/05/2024 (fs. 6), se entiende que los valores resultarían estar ajustados al mercado.

Que, Contaduría Municipal no tiene observaciones que realizar respecto al proceso licitatorio (fs. 224). No obstante, sugiere se mencione en el acto administrativo pertinente la indicación del fondo a afectarse para afrontar la compra.

Que existen razones administrativas, económicas y de oportunidad que aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación de los bienes mencionados que permita su concreción.

Que, por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.

D E C R E T A:

ARTICULO 1º) ADJUDICASE a la firma UJHELYI CLAUDIO DANIEL por un total de $6.179.502,00 (Pesos seis millones ciento setenta y nueve mil quinientos dos con 00/100 centavos) la compra de un equipo de otoemisiones acústicas, según lo detallado en el pliego de bases y condiciones.

ARTICULO 2º) Afróntese la totalidad del gasto con los recursos afectados a la siguiente cuenta

  • Fuente de financiamiento: 132 – Origen Provincial
  • Categoría Programática: 01.08.00 – Coordinación y Gestión de Plan Sumar

ARTICULO 3º) Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.