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Decreto Nº1363/2024

Decreto Nº 1363/2024

Mercedes, 05/08/2024

Visto

    El expediente administrativoNº 4075-194/2018 Alc. 98 caratulado “Dirección de Tierras y Hábitat – Regularización Dominial en el marco del plan escrituración municipal – Inmueble con Nom. Cat. Circ. II, Secc. C, Ch. 216, M. 216 AT, P. 2, partida 37.475 – Casa Nº 44 siendo adjudicatariosAguirrezabal Pablo Daniel y la Sra. Villegas Veronica Romina”, y:           

Considerando

Que en el marco de la Ordenanza Nº 6948/11, se dispone la adjudicación de determinados inmuebles sitos en el partido de Mercedes (B) a grupos familiares encuadrados en: familias discapacitadas, madres/padres solos, matrimonios con hijos y ex combatientes;

Que el Sr. Aguirrezabal Pablo Daniel, con D.N.I. 24.847.685 y la Sra. Villegas Veronica Romina, con D.N.I. 26.709.236 resultan adjudicatarios de una vivienda identificada en la mentada ordenanza como “casa 44”;

Que, en consecuencia, con fecha 12 de diciembre del año 2016, el Sr. Aguirrezabal Pablo Daniel, con D.N.I. 24.847.685 y la Sra. Villegas Veronica Romina, con D.N.I. 26.709.236 suscriben boleto de compraventa inmobiliaria en el marco del “Plan Federal de Viviendas – Barrio Favaloro” con la Municipalidad de Mercedes (B), sobre un inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Cir. II, Secc. C, Cha. 216, Mza. 216 AT, Parc. 2, Partida Inmobiliaria Nº 37.475;

Que la regularización dominial se caracteriza por su carácter de interés social derivado de la situación económica de las familias que se hallan encuadradas en las previsiones de la Ley 10.830, arts. 2º y 4º inc. D, teniendo el municipio especial interés en regularizar las viviendas sitas en terrenos municipales;

 

 

 

Que dicha situación económica es constatada en el informe socioeconómico ambiental realizado por la Licenciada en Servicio Social, María Mercedes Gratani, con fecha 19 de marzo del año 2024 al Sr. Aguirrezabal Pablo Daniel y a la Sra. Villegas Veronica Romina, del cual surge, entre otros aspectos, la recomendación de la profesional de dar curso favorable a la solicitud de escrituración gratuita con interés social de los peticionantes de autos;

Que resulta imprescindible otorgar a los poseedores la seguridad jurídica que implica la titularidad del dominio sobre el bien adquirido;

Que tal surge de la Minuta de Antecedentes para la Escrituración remitida por el Departamento de Gestión Interna de Recaudación de la Municipalidad de Mercedes (B), adjunta a fjs. 56, el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Cir. II, Secc. C, Cha. 216, Mza. 216 AT, Parc. 2 registra al día de la fecha una deuda por el monto de $97.711,49 (pesos noventa y siete mil setecientos once con 49/100);

El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Adjudíquese en forma definitiva el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 AT, Parcela 2, Partida Inmobiliaria Nº 37.475, a favor del Sr. Aguirrezabal Pablo Daniel, con D.N.I. 24.847.685 y la Sra. Villegas Veronica Romina, con D.N.I. 26.709.236 adquirido a la Municipalidad de Mercedes (B) mediante boleto de compraventa inmobiliaria suscripto con fecha 12 de diciembre del año 2016.-

ARTÍCULO 2º.- Declárese de Interés Social la Regularización Dominial del inmueble ubicado en el partido de Mercedes (B) identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana216 AT, Parcela2, Partida InmobiliariaNº 37.475, a favor del Sr. Aguirrezabal Pablo Daniel, con D.N.I. 24.847.685 y la Sra. Villegas Veronica Romina, con D.N.I. 26.709.236 que tramita mediante expediente municipal Nº 4075-194/2018 Alc. 98.-

ARTÍCULO 3º.- Ordénese la inscripción de hipoteca a favor de la Municipalidad de Mercedes (B) sobre el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección C, Chacra 216, Manzana 216 AT, Parcela 2, Partida Inmobiliaria Nº 37.475 por el monto de $97.711,49 (PESOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS ONCE CON 49/100) saldo que surge de la Minuta de Antecedentes para la Escrituración remitida por el Departamento de Gestión Interna de Recaudación de la Municipalidad de Mercedes (B).-

ARTÍCULO 4º.- Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de los solicitantes, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad. Dése al Digesto General. Fecho oportunamente archívese.-