Boletines/Mercedes

Decreto Nº1360/2024

Decreto Nº 1360/2024

Mercedes, 05/08/2024

Visto

Lo actuado en el Expediente administrativo N°4960/2024, mediante el cual se llamó a Licitación Pública Nº02/2024 (Decreto N°470/2024 con fecha 25 de marzo de 2024) para la ejecución de la obra “PAVIMENTACIÓN EN SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO”, y;

Considerando

Que la obra se realiza mediante convenio en el marco del Programa Provincial para el Desarrollo de Agrupamientos Industriales “Arriba Parques” con el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires adjunto en fojas 96-99 del expediente 4960/2024.

Que dicho convenio fija un importe total de Pesos SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA CON 70/100 ($65.508.570,70), de los cuales el importe a financiar por el Ministerio asciende a Pesos CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 50/100.-($58.941.832,50.-) y define que el municipio solicitante debe comprometer como mínimo el 10% del monto del proyecto, por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 20/100.-($6.566.738,20.-).

Que la obra respectiva fue adjudicada mediante Decreto Nº715/2024 con fecha 28 de mayo de 2024 a la firma BUROMAHTIK S.A., por un importe de Pesos CINCUENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y UNO CON 88/100.- ($53.848.041,88).

Que según detalle en memoria descriptiva y técnica elaborada por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos obrante a fojas 2-12, son necesarias tareas adicionales para completar la obra dando lugar a una ampliación del 23,82% de la obra original.

Que el artículo 146 de la L.O.M. prevé la ampliación de las obras hasta un máximo del 50% del monto contratado, y que el contratista deja constancia en nota adjunta a foja 13 de que mantiene los valores cotizados oportunamente.

Que entre el importe total de convenio y la obra adjudicada surge una diferencia que se utilizará para solventar parte de esta ampliación, completando el saldo aumentando la contrapartida local.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Ampliase la obra “PAVIMENTACIÓN EN SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO”, adjudicada al proveedor BUROMAHTIK S.A. en un 23,82% del monto contratado, por lo lo expresado en el considerando.

ARTICULO 2°.- La ampliación dispuesta en el artículo anterior, asciende a la suma total de Pesos DOCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON 84/100 ($12.826.272,84) y deberá afectarse a la Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 01.01.00, Objeto del Gasto 4.2.1.0, fuente del Financiamiento 131.

ARTICULO 3°.- Notifíquese a la adjudicataria a los efectos de su comparencia en término y forma para la readecuación contractual.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, dese intervención a las áreas competentes y, cumplido archívese.