Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1354/2024
Mercedes, 02/08/2024
Visto
Que se han realizado 2 (dos) convocatorias para lograr la presentación de ofertas para la compra de 3 (tres) domos – Programa Parques Ambientales – sin lograr tener éxito con la exhibición de propuestas, y;
Considerando
Que, luego de haber “fracasado” el Concurso de Precios n° 45/2024, resulta necesario proceder con otra modalidad de contratación distinta a la realizada, en pos de lograr la compra de los 3 (tres) domos.
Que, siguiendo los lineamientos de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, corresponde y se admite realizar una compra directa, pues el art. 156° expone “…se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos:… 5° Cuando habiéndose realizado dos concursos de precios o licitaciones no hubieran recibido ofertas o las recibidas no fueren convenientes. La autorización del Concejo Deliberante será indispensable para decidir la compra directa después del fracaso de la licitación pública…”.
Que, tal como consta en actas de fs. 22 y 38, se realizaron dos llamados en los cuales no se recibieron ofertas, por lo que corresponde dictar el acto administrativo tendiente a declarar desierto el proceso de Concurso de Precios.
Que, a partir de ello, se han reunido 2 (dos) presupuestos de distintos proveedores para llevar a cabo la comparación y certificación de los valores, a saber:
Que resulta conveniente para los intereses municipales resolver la adjudicación para la firma “Domos Argentina”, en vista de que su propuesta se ajusta a los valores lógicos del mercado.
Que, por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.
D E C R E T A:
ARTICULO 1º) Declárese desierto el Concurso de Precios n° 45/2024 que obra en el Expte. n° 5426/24.
ARTICULO 2º) Autorícese ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante la compra directa para 3 (tres) domos según especificaciones técnicas contenidas en el Expte. n° 5426/24, encuadrada en los términos del art. 156° inciso 5to de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por la suma individual de $3.900.567,27 (pesos tres millones novecientos mil quinientos sesenta y siete con 27/100 centavos) lo que asciende a un total de $11.701.701,81 (pesos once millones setecientos un mil setecientos uno con 81/100 centavos) a la firma “Domos Argentina – Geodesicas S.R.L.” proveedor n° 6998.
ARTICULO 3º) Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.