Boletines/Mercedes

Decreto Nº1346/2024

Decreto Nº 1346/2024

Mercedes, 01/08/2024

Visto

Lo actuado en el Expediente administrativo N°1943/2023, mediante el cual se firmó el CONVENIO con el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD de la Provincia de Buenos Aires, por la obra “CONSTRUCCION DE PAVIMENTACION BARRIO ESPERANZA (ETAPA II)”

Considerando

            Que en fojas 2-10 del presente se adjunta copia del convenio mencionado con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires.

            Que de acuerdo a lo informado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos en fojas 23-24, en el mes de abril de 2024 se solicitó una actualización de precios proporcional al porcentaje de obra restante ese momento (74,59%), mediante el cual se actualizan los valores de base de mayo 2023 a abril 2024 un 189,76% de acuerdo a los valores INDEC construcción.

            Que con fecha 14 de mayo el Director de Proyecto de Intervenciones Complementarias del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, emite el Informe Técnico adjunto a fojas 11-13, en el cual expresa que la propuesta de actualización presupuestaria solicitada resulta viable técnicamente y su presupuesto económicamente razonable.

            Que lo mencionado da lugar a la Adenda al Convenio de financiamiento para la mejora del hábitat adjunta a fojas 14-18, la cual asciende a Pesos DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 25/100 ($251.466.885,25).    

            Que en el marco del proyecto, en diciembre de 2023 se realizó el segundo llamado a la obra “LICITACION PUBLICA Nº42 EXCAVACION DE CAJA Y EJECUCION DE SUB-BASE DE SUELO CAL PARA PAVIMENTO EN BARRIO ESPERANZA ETAPA 2” con presupuesto base a valores de noviembre 2023, la cual fue adjudicada a la firma MONTELECTRO S.A. por la suma de Pesos TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 40/100 ($39.564.371,40).

            Que corresponde aplicar a dicha obra la actualización de precios a abril 2024 aprobada por adenda, en este caso desde el mes de noviembre 2023, lo cual resulta en una diferencia del 80,04% por un importe de pesos TREINTA Y UN MILLONES SESISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y SIETE CON 11/100 ($31.668.057,11), según Suministro 5768 obrante a fojas 19-21 exp. 3847/23 alc1.

            Que asimismo en octubre de 2023 se realizó el primer llamado de la obra “LICITACIÓN PUBLICA Nº 41/2023 MANO DE OBRA PARA PAVIMENTACIÓN DE BARRIO ESPERANZA- ETAPA 2” con presupuesto base a valores de octubre 2023, la cual fue adjudicada a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA NUEVA ESPERANZA LIMITADA por la suma de Pesos TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($39.580.000,00).

            Que en este caso corresponde aplicar a dicha obra la actualización de precios a abril 2024 aprobada por adenda, desde el mes base de presupuesto (octubre 2023), ascendiendo la diferencia al 110,99% por un importe de pesos CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL CATORCE CON 85/100 ($43.929.014,85) según Suministro 5837 obrante a fojas 20-21 exp. 3824/23 alc.1.

    Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébase la actualización de precios por aumento de costos de la obra pública “LICITACION PUBLICA Nº 42 EXCAVACION DE CAJA Y EJECUCION DE SUB-BASE DE SUELO CAL PARA PAVIMENTO EN BARRIO ESPERANZA ETAPA 2”, a la firma MONTELECTRO S.A., que asciende a la suma de Pesos TREINTA Y UN MILLONES SESISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y SIETE CON 11/100 ($31.668.057,11), por las razones expuestas en el considerando.

ARTICULO 2°.- Apruébase la actualización de precios por aumento de costos de la obra pública “LICITACIÓN PUBLICA Nº 41/2023 MANO DE OBRA PARA PAVIMENTACIÓN DE BARRIO ESPERANZA - ETAPA 2”, a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA NUEVA ESPERANZA LIMITADA, que asciende a la suma de Pesos CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL CATORCE CON 85/100 ($43.929.014,85), por las razones expuestas en el considerando.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase al área competente a realizar la imputación al recurso afectado para que a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería practique los pagos a la firma.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.