Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 7278/2024
Nueve de Julio, 26/09/2024
GARDIEN, ALEJANDRO PEDRO Y/O SUCESORES DECLARADOS JUDICIALMENTE– TASA POR CONSERVACION, REPARACION Y MEJORADO DE LA RED VIAL: CONDONACION DE DEUDA.
VISTO:
El Expediente Electrónico EX-2020-00016314- -MUNINUE-MESAE#SAH.
CONSIDERANDO:
Que dentro del número de orden 2 y 23/25 del expediente electrónico mencionado en el Visto se encuentra acreditado el dominio del inmueble, la solicitud de exención de deuda por pago de la Tasa de Conservación Reparación y Mejorado de la Red Vial y la Declaratoria del Herederos del señor Alejandro Pedro Gardien (fallecido el 27/7/2023).
Que en número de orden 35 del expediente mencionado en el Visto, la Dirección de Gestión Judicial informa que ni los contribuyentes ni la partida inmueble poseen juicios de apremio para con este municipio.
Que en número de orden 36 la Justicia de Faltas informa que los contribuyente no posee deudas por faltas para con este municipio.
Que en número de orden 37 la Dirección General de Ingresos Públicos informa que los contribuyente no poseen otras deudas con el municipio y en número de orden 40 adjunta el estado de deuda actualizado.
Que en número de orden 15 la Secretaría de Obras y Servicios Públicos informa que la servidumbre de paso continua en el inmueble.
Que en número de orden 38 del expediente electrónico mencionado, en virtud de encontrarse acreditados los extremos solicitados por el Artículo 9 y concordantes de la Ordenanza 5196 para que se otorgue una exención si se tratare un deuda de ejercicio vigente, el señor Secretario de Administración y Hacienda sugiere dar curso a la condonación de la deuda.
Que, no obstante, la condonación de una deuda configura el perdón de la deuda y sus accesorios (intereses, recargos, etc) operando para el pasado sobre deudas ya devengadas, por lo que la condonación es una atribución ínsita que poseen los órganos que tienen la facultad para crear el tributo, en el supuesto que se plantea, es una potestad del Honorable Concejo Deliberante, quien deberá evaluar con criterio propio y en ejercicio de sus facultades el mérito, oportunidad y/o conveniencia.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Condónase la deuda al contribuyente ALEJANDRO PEDRO GARDIEN, D.N.I N.º 12.530.983 (fallecido) y/o sucesores declarados judicialmente, desde el período 1/2019 hasta el período 6/2023 inclusive correspondientes a la partida municipal 1234 (inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción IX, Parcela 1075 A) por la Tasa por Conservación Reparación y Mejorado de la Red Vial, suma que asciende a pesos un millón trescientos diez mil quinientos noventa y tres con 93/100 ($ 1.310.593,93) al día 23/08/2024, con más los intereses generados hasta la efectiva promulgación de la presente y por los períodos mencionados.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.