Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1460
Nueve de Julio, 17/09/2024
CONTRATACION PARA REPARACION ARMADO DE CUBIERTA EN EL HOSPITAL DE FACUNDO QUIROGA – EXCUSACION - AUTORIZACION.
Visto
El Expte. Nº 4082-791/2014.
Considerando
Que la Secretaria de Vivienda y Urbanismo de esta Municipalidad se excusa por no contar con profesionales apropiados para las tareas requeridas por las obras descriptas en el Expediente referenciado en el Visto, por lo que es necesario recurrir a la contratación de la obra a terceros, para realizar reparación armado de cubierta en el Hospital de Facundo Quiroga, Pdo de 9 de Julio, Pcia de Buenos Aires, las cuales consisten en: Levantar paredes para armar techo, colocar perfiles y chapas, hacer revoques bolseado en pared medianera, hacer revoque con ceresita y grueso en paredes exteriores, colocar cenefa de chapa galvanizada y levantar paredes con ladrillo visros de 0,15 y ladrillos cerámicos de 0,18. Que en fojas 49, 50 y 51 se agrega presupuesto de profesional proveedor de la Muncipalidad de 9 de Julio, que podrían realizar las tareas necesarias para los trabajos detallados precedentemente. Que evaluado ello por parte de la Secretaria de Vivienda y Urbanismo de la Municipalidad de Nueve de Julio se considera necesaria la contratación de OSCAR RODRIGUEZ, quien se encuentra inscripta como proveedora en el rubro construcción y Albañil conforme surge de la ficha de proveedor agregada en fojas 53 del expediente digital mencionado en el Visto . Que habiéndose dado cumplimiento a los establecido en el Artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones,
ARTICULO 1º: Excusase y declárese incompetente a la Secretaria de Vivienda y Urbanismo de esta Municipalidad, en virtud de no contar con el profesional calificado para realizar reparación armado de cubierta en el Hospital de Facundo Quiroga, Pdo de 9 de Julio, Pcia de Buenos Aires ARTICULO 2º: Autorízase para realizar la obra referenciada en el Artículo 1º del presente y la confección del correspondiente contrato, en el marco de lo prescripto en el Artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la contratación del siguiente profesional: - Oscar Rodriguez (constructor) ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Vivienda y Urbanismo.4º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.