Boletines/Coronel Pringles
Resolución Nº 011/24
Coronel Pringles, 14/02/2024
Visto
el Expediente Nº 0199/24, caratulado “HEREDIA JUAN DAVID DIRECTOR SOLICITA SUMARIO”; y
Considerando
Que a fs. 1 luce acta de fecha 23 de enero 2024 en la cual el Director de Servicios Urbanos informó que el día lunes 22 de enero de 2024 no se realizó el servicio de recolección por la ausencia de uno de los corredores y por la negativa de otro, los agentes Pérez Jonathan, Legajo Nº 5561 y Laina Lázaro Legajo Nº 5385, respectivamente;
Que asimismo el Director de Servicios Urbanos en la nota de inicio manifestó que todo lo anteriormente relatado fue informado por el capataz Martin Ruiz, quien le detalló que a la hora de salida estaba el chofer y un corredor para hacer el recorrido, el agente municipal Castillo, Legajo Nº 5525 y luego llegó el agente Laina Lázaro quien manifestó haber cambiado el día de trabajo con Pérez Jonathan, a lo que el capataz le informó que ante la ausencia de Pérez debía salir, negándose Laina a ello, se retiró sin ingresar al área y sin firmar la planilla correspondiente;
Que producto de la conducta de ambos agentes municipales Pérez y Laina, no se realizó la recolección que abarca calles Suarez a Uruguay y 25 de mayo a Boulevard 40;
Que debidamente citados los agentes municipales a fs. 3 y 4 para realizar los correspondientes descargos, ninguno se ha presentado en la Asesoría legal y/o ha dejado descargo o nota escrita para justificar y/o aclarar la situación descripta;
Que conforme lo expuesto, adelanto que la conducta por parte de ambos agentes municipales resulta más que suficiente para confirmar la falta cometida de ausentarse en su lugar de trabajo, perjudicando perjudicar el correcto funcionamiento del área;
Que en razón de lo expuesto la Asesoría Legal recomienda aplicar a los agentes municipales Pérez Jonathan, Legajo Nº 5561 y Laina Lázaro, Legajo Nº 5385 la sanción disciplinaria de “APERCIBIMIENTO” lo dispone el art. 105 inc. “b” de la Ley 14.656 y art. 108 inc. “b” del CCT;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Aplicar la sanción de APERCIBIMIENTO a los agentes municipales PÉREZ Jonathan, Legajo Nº 5561 y LAINA Lázaro, Legajo Nº 5385, por Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones debidamente acreditado, perjudicando el funcionamiento del servicio, conforme art. 105 inc. “b” de la Ley 14.656 y art. 108 inc. “b” del CCT.
ARTICULO 2°: Notifíquese de todo lo actuado en el presente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADA BAJO EL N° 011/24.