Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1193/24

Decreto Nº 1193/24

Coronel Pringles, 23/07/2024

Visto

y

Considerando

los Expedientes Nº 1.455; 1.496; 1.480; 1.495; 1.496; 1.596; 1.601; 1.675,  y  1.676 del año 2024, iniciados por el Director de Seguridad, Sr. Lanezan Hugo; por la Delegada Municipal, Sra. Plaza Laura B.; por el Director de Gobierno y Estadística, Sr. Wagner Guillermo y por la Directora de Recursos Humanos, Sra. Haderne Claudia mediante los cuales solicitan designación del personal a su cargo, y pago por extensión extra laboral a distintos agentes por realizar tareas con mayor carga horaria; en uso de las facultades que le son propias;   

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Desígnese al agente  PEREYRA Maximiliano Ezequiel, Legajo N° 5682, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/07/24 y hasta el 31/08/24, con una carga horaria de 35 horas semanales, para desempeñar tareas en la Delegación de Indio Rico, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Seguridad. Expediente N° 1.480/24.

ARTICULO 2°: Desígnese a la agente BUEDO Carolina Ailén, Legajo N° 5698, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º -Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/07/24 y hasta el 31/12/24, con un régimen horario de  48 horas semanales con horarios rotativos, para desempeñarse como Agente Operador del Centros de Monitoreo, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Seguridad. Expediente N° 1.495/24.

ARTICULO 3°: Desígnese a los agentes SILVA Lucas Agustín, Legajo N° 5695, y SEGOVIA Fernando Darío, Legajo N° 5696, como Personal de Planta Temporaria, Artículo 111º - Personal Temporario de la Ley 14.656, a partir del 01/07/24 y hasta el 31/12/24, con una carga horaria de 48 horas semanales, abonándoseles el adicional por conductor de los vehículos del área, consistente en un 6% sobre sus haberes básicos mensuales, a partir del 01/07/24, en el marco del Decreto Nº 0824/24, más un adicional de un 10% en ambos casos sobre sus sueldos básicos y en forma remunerativa por desempeñarse como Inspectores de Guardia Urbana, en el marco del Decreto 1.306/22. Expediente Nº 1.496/24.

ARTICULO 4°: Asígnesele el adicional por conductor de los vehículos de la Delegación de Indio Rico, al agente SALDIAS Juan Gabriel, Legajo N° 4828, consistente en un 6% sobre sus haberes básicos mensuales, a partir del 01/07/24, en el marco del Decreto Nº 0824/24. Expediente Nº 1.455/24.

ARTICULO 5º: Abóneseles a los agentes que se detallan, la suma que en cada caso se especifica en concepto de Extensión Extra Laboral por tareas realizadas con mayor carga horaria desde el 01/07/24 y hasta el 31/07/24 en las áreas de Seguridad, Recursos Humanos y Delegación de Indio Rico, conforme lo establecido en el Artículo 74° de la Ley 14.656. Expedientes Nº 1.596; 1.601; 1.675 y 1.676 del año 2024. 

Legajo Nº

Apellido y Nombre

Importe

3939

GAITAN DORA

$43.621,88/8HS

5562

SALDIAS ANDREA

$42.106,32/8HS

5692

JENSEN JOHANA

$146.894,91/40HS

5631

GONZALEZ NADIA

$231.584,75/48HS

5642

URIONABARRENECHEA

$315.797,38/64HS

5554

URBAN CINTIA

$210.531,58/48HS

5140

DUHALDE ANALIA

$80.385,46/16HS

5542

ESMOLI PERLA

$84.212,64/16HS

4676

MENNA CARLA

$267.951,56/56HS

2030

D´AMICO PABLO

$70.885,56/16HS

2030

D´AMICO PABLO

$40.000,00

5337

SOSA ARIEL

$19.860,72/3HS

5350

BAIZ MAXIMILIANO

$241.638,78/46HS

3512

LUNA DIEGO

$60.091,47/8HS

4828

SALDIAS GABRIEL

$92.683,37/14HS

5219

JATIP CLAUDIA

$112.539,65/21HS

3372

URBAN MAURO

$128.616,75/32HS

4222

SUAREZ FERNANDA

$80.716,04/16HS

5682

PEREYRA MAXIMILIANO

$63.941,02/10HS

3643

PAYES CARLOS

$40.000,00

5532

MOLINA LUCIANO

$394.746,72/75HS

5557

GONZALEZ MATIAS

$147.372,11/28HS

5696

SEGOVIA FERNANDO

$122.412,42/25HS

5677

SAUR ANDREA

$173.037,33

5282

SOLER EZEQUIEL

$389.483,43/74HS

5071

LARI SEBASTIAN

$519.826,01/97HS

5519

LARRABURU JOHATHAN

$389.483,43/74HS

5695

SILVA LUCAS

$244.824,85/50HS

5643

HADERNE SEBASTIAN

$509.235,69/104HS

4189

ROCHA FERNANDA

$514.466,98/96HS

5545

BELLO ESTEBAN

$515.802,38/98HS

5448

KESSLER ROBERTO

$538.171,36/108HS

5656

BARROSO ERIK

$484.753,20/99HS

5655

KOPPEL HERNAN

$465.167,21/95HS

5104

BENITEZ MATIAS

$288.165,10/73HS

5536

CARRILLO MARIA JOSE

$210.531,59/40HS

5654

LANDALUZ MARIANELA

$117.515,93/24HS

4366

PEREZ JORGE

$71.007,16/15HS

5652

ORELLANO GUSTAVO

$39.171,98/8HS

5639

GRIMALDI CAMILA

$68.550,96/14HS

5589

PADELLI ROCIO

$73.686,06/16HS

5640

BACA GUADALUPE

$78.343,95/16HS

5679

MADERO CAMILA

$242.376,60/66HS

5584

BAILONE NICOLAS

$184.215,14/44HS

3645

CASTILLO NORMA

$288.574,88/49.5HS

4859

BALEIX PAOLA

$90.805,54/18HS

5264

SIRI CARLA

$19.860,72/4HS

5258

RODRIGUEZ MARIA GABRIELA

$80.716,04/16HS

ARTICULO 6º: Cúmplase, Comuníquese, y publíquese dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.193/24.