Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1135/24

Decreto Nº 1135/24

Coronel Pringles, 12/07/2024

Visto

el Expediente N° 1.523/24 iniciado por el Sr. Tejeda Carlos Daniel; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita se le reintegre la suma de $20.889,43 por haber abonado por un error involuntario en dos oportunidades la cuota 01/24 y el pago anual de la Patente Automotor correspondiente al Dominio IAZ168;

Que dichos pagos ingresaron el día 03/05/24 por la Oficina de Red Link Pagos, tal como se demuestra a fs. 05;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza Fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;

Que por tal motivo teniendo en consideración lo manifestado y atento que el contribuyente posee deuda de patente por los periodos 03/22 y 03/23, correspondería compensar la suma de $20.889,43, abonada por error, con los pediros de deuda citados;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;                              

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1°: Compénsese la suma de PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($20.889,43) abonada por error involuntario en dos oportunidades, con las cuotas 3/22 y 3/23, del Impuesto por Patente Automotor correspondiente al Dominio IAZ168, perteneciente al Sr. TEJEDA Carlos Daniel, D.N.I. N° 24.785.399, por haber abonado por un error involuntario en dos oportunidades la cuota 01/24 y el pago anual.

ARTICULO 2: Cúmplase, comuníquese, publíquese dése al R.O. y archívese. 

 

REGISTRADO BAJO N° 1.135/24.