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Ordenanza Nº3051/18

Ordenanza Nº 3051/18

Tornquist, 03/07/2018

VISTO:

El proyecto presentado por la Agrupación Mujer Arte y Memoria de creación del Consejo Municipal de Mujeres en el Distrito de Tornquist, y;

 

CONSIDERANDO:

Que a partir de la reforma de la Constitución Nacional de 1994, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, tiene rango constitucional;

Que la Constitución Nacional garantiza a los hombres y mujeres la igualdad de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos;

Que en la actualidad contamos con nuevas leyes que permiten la ampliación de derechos, a saber: la Ley Nacional Nº 26.743 de Identidad de Género; Ley Nacional Nº 26.618 Matrimonio Civil (Igualitario); Ley 27234. “Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género”; Ley 26873. Lactancia Materna; Ley 26862. Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida; Ley 26844. "Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares" reglamentada por el decreto 467/2014; Ley 26842. Sobre prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas; Ley 26472. "Régimen de Prisión domiciliaria y Ejecución Penal" (Prevé entre las personas que pueden tener este beneficio a las mujeres embarazadas y con niños menores de 5 años); Ley 26522 de Servicios de comunicación audiovisual (Promueve el tratamiento igualitario y no estereotipado en los medios, evitando la discriminación por razón de género u orientación sexual);  Ley 26485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales; Ley 26061. Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; Ley 24716. "Licencia para madres trabajadoras en relación de dependencia a consecuencia de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down"; Ley 23179 de aprobación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Ley 24012 de Cupo Femenino; Ley 24417 de Protección contra la Violencia Familiar; Ley 24785 de Institución del Día Nacional de los Derechos Políticos de las Mujeres;  Ley 24821 de Institución del Día de la Mujer Destacada; Ley 24828 de Incorporación de las Amas de Casa al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones; Ley 25087 - Delitos contra la Integridad Sexual. Código Penal. Modificación; Ley 25250, Título I, Artículos 2º y 3º. Reforma Laboral: Estímulo al Empleo Estable: Incorporación de Dos Incentivos para el Empleo de Mujeres; Ley 25543 de Test Diagnóstico del Virus de Inmunodeficiencia Humana a toda Mujer Embarazada; Ley 25584 de Prohibición en establecimientos de educación pública de acciones que impidan el inicio o continuidad del ciclo escolar a alumnas embarazadas o madres en período de lactancia; Ley 25673 de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; Ley 25674 de Participación Femenina en las Unidades de Negociación Colectiva de las Condiciones Laborales (Cupo Sindical Femenino); Ley 26130 - Régimen para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica, Ligadura de Trompas y Vasectomía; Ley 27039 Fondo Especial de Difusión de la Lucha contra la Violencia de Género;

Que por Decreto 1426/92 de creación del Consejo Nacional de la Mujer;

Que también existen leyes en la Provincia de Buenos Aires que permiten la ampliación de derechos de las mujeres: Ley 12764. Prohibición del acoso sexual para funcionarios y empleados de la provincia; Ley 11733 de Cupo Femenino; Ley 13074. Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Ley 13066. Creación del Programa Provincial de Salud Reproductiva y Procreación Responsable., de la Ley 13066 de Creación del Programa Provincial de Salud Reproductiva y Procreación Responsable; Ley 11243. Código de Procedimiento Penal. Incorporación del Capitulo V - Medida Cautelar; Ley 12569. Violencia Familiar; Ley 13138. Conmemoración del Día de la No Violencia contra la Mujer;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Crease en el ámbito del Partido de Tornquist el Consejo Municipal de Mujeres a iniciativa de la agrupación Mujer Arte y Memoria.-

ARTÍCULO 2º: El Consejo Municipal de Mujeres estará integrado por representantes de cada uno de los Organismos e Instituciones que a continuación se detallan y que serán invitados a formar parte del mismo:

Departamento Ejecutivo.

Bloques del Honorable Concejo Deliberante.

Organizaciones No Gubernamentales y/o Entidades comprometidos con la temática de las mujeres.

Consejo Escolar.

Sindicatos.

Instituciones educativas terciarias o universitarias.

Partidos Políticos.

Comisaria de la Mujer y Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género.

ARTÍCULO 3º: El Consejo Municipal de Mujeres tendrá como objetivos:

- Promover acciones dirigidas a reafirmar y consolidar la equidad de género y la igualdad de oportunidades y trato entre varones y mujeres, tendientes a eliminar la discriminación contra la mujer en todas sus formas.

- Propiciar  acciones tendientes a incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas y erradicar la violencia en la vida pública y privada.

- Promover una activa participación de mujeres, con responsabilidad en distintos ámbitos sociales, políticos, económicos, laborales, de organizaciones No Gubernamentales, jurídicas en el Consejo Municipal de Mujeres.

ARTÍCULO 4º: Las funciones del Consejo serán:

- Generar un ámbito de encuentro y debate para el abordaje de temas referentes al rol de la mujer y problemáticas relacionadas.

- Proponer la implementación de programas en pos de la igualdad de oportunidades y la revalorización del rol de la mujer en la sociedad.

- Propiciar el asesoramiento en los temas referentes a la temática de la mujer.

- Trabajar intersectorialmente y en forma mancomunada con ámbitos estatales y Organizaciones No Gubernamentales con el fin de brindar respuestas a mujeres Víctimas de Violencia y/o situación en casos de madres solteras, madres solas, etc.

ARTÍCULO 5º: El Consejo, elaborará su propio Reglamento Interno de Funcionamiento en el cual quedará establecido todo lo referido a la mecánica de funcionamiento del mismo y la elaboración de una agenda de trabajo.-

ARTÍCULO 6º: El Consejo Municipal de Mujeres podrá elevar a los ámbitos estatales locales que correspondan, proyectos tendientes a mejorar las condiciones de las mujeres en estado de vulnerabilidad o relacionados con la Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres.-

ARTÍCULO 7º: El Poder Ejecutivo habilitará dependencias del Municipio para ser utilizadas como ámbito de funcionamiento del Consejo Municipal de Mujeres de Tornquist. Su funcionamiento ira rotando por las distintas localidades del Distrito.-

ARTÍCULO 8º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

 

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-