Boletines/Rivadavia

Decreto Nº648/2024

Decreto Nº 648/2024

Rivadavia, 27/05/2024

Visto

Que con motivo de acogerse a los beneficios jubilatorios bajo los términos del Decreto Ley 9650/80 y modificatorias,  el agente municipal Esteban Martín ARTAZA cesará en sus funciones a partir del día 1º de junio de 2024;

             Que al momento del cese ocupa el cargo de Obrero  – Categoría 7 – Régimen de 36 horas semanales en el área del Vivero Forestal Municipal;

Considerando

                                    Que de acuerdo a constancias obrantes en su respectivo legajo personal corresponde proceder a la liquidación de licencias no gozadas (33 días del año 2023 y 15 días proporcionales del año 2024) y del Sueldo Anual Complementario proporcional;

                                       Que al momento del cese registra una antigüedad superior a 30 años de servicios, por lo que corresponde proceder al pago de la retribución especial establecida en el artículo 24º - inciso e) de la Ordenanza N° 4022/2017 – Estatuto para el Personal Municipal de Rivadavia;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1°.- Dispóngase el cese con motivo de acogerse a los beneficios  jubilatorios en los términos del Decreto-Ley N° 9650/80 y modificatorias, del agente municipal ESTEBAN MARTIN ARTAZA, D.N.I. Nº  24.044.015, Legajo Nº 9532,  a partir del 01 de junio de 2024, en el cargo de Personal Obrero  – Categoría  7 – Régimen de 36 horas semanales  - Estructura Programática  1110109000 – 4312.00 – Secretaría de Obras Públicas – Administración del Vivero Forestal y Política de Arbolado Público.-

ARTICULO 2°.- Procédase a la liquidación de  los montos que seguidamente se  indican:

  • Licencias No Gozadas (33+15= 48 días): Pesos ochocientos diez mil doscientos sesenta y dos con cuarenta y seis centavos ($ 810.262,46)
  • Sueldo Anual Complementario proporcional: Pesos doscientos once mil cinco con ochenta y cinco centavos ($ 211.005,85)
  • Retribución especial Art. 24º - inc e) – Ordenanza 4022/2017: Pesos un millón setecientos treinta y seis mil doscientos setenta y seis con setenta centavos ($ 1.736.276,70).-

ARTICULO 3°.- Dénsele las gracias por los importantes servicios prestados durante  el desempeño de sus tareas.-

ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento del presente las Oficinas de Personal y de Liquidación de Sueldos a los  efectos que correspondan.-

ARTICULO 5º.- Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

                  SEBASTIÁN HERNÁNDEZ                                                           Dr. JUAN ALBERTO MARTÍNEZ

           Secretario de Gobierno y Desarrollo                                                        Intendente Municipal