Boletines/Rauch
Ordenanza Nº 1585/24
Rauch, 04/06/2024
Visto la necesidad de detectar, prevenir y concientizar sobre el creciente problema del consumo problemático y los riesgos que provienen de sitios de apuestas online, casinos o aplicaciones que se difunden en toda la población, el comunicado de la Sociedad Argentina de Pediatría en conjunto con la Asociación Argentina de Psiquiatría Infanto Juvenil y Profesiones Afines y;
Considerando que en los últimos años, pandemia mediante, el universo de las apuestas online ha experimentado un aumento significativo en Argentina, y junto con ello ha surgido una preocupación creciente sobre el impacto en niños, niñas y adolescentes y el riesgo que la recurrencia de esta práctica a lo largo del tiempo podría generar un consumo problemático o incluso una adicción, conocida como ciberludopatía.
Que la accesibilidad a través de dispositivos móviles y la publicidad agresiva han contribuido a que las y los jóvenes sean un segmento cada vez más vulnerable a los problemas relacionados con el juego. Que muchos jóvenes ven el juego como una forma rápida de ganar dinero o como una actividad socialmente aceptada.
Que la publicidad de sitios de apuestas, el rol de los influencers en la promoción de estas actividades, el incremento en el consumo de juegos de azar entre adolescentes en las aulas de las escuelas, en los vestuarios de los clubes, en eventos, encuentros sociales, etc. empezó a causar sorpresa y alarma.
Que la adolescencia es una etapa de vulnerabilidad en la que se atraviesan situaciones relacionadas con algún tipo de frustración afectiva y el riesgo de desencadenar un patrón adictivo de comportamiento es mayor.
Que como mencionan la Sociedad Argentina de Pediatría y la AAPI en su comunicado “las apuestas, lo mismo que el alcohol y las drogas llenan espacios de fragilidad o de vacío y los alejan de la interacción social y de otros intereses académicos, lúdicos o deportivos.
Que el estrés, la ansiedad, la depresión y otros problemas de salud mental pueden surgir como consecuencia de los problemas de juego en línea. Que las niñas, niños y adolescentes pueden experimentar vergüenza, culpa y aislamiento social como resultado de su comportamiento de juego compulsivo. Como también incurrir en deudas significativas, ya sea utilizando su propio dinero o el de sus familiares”.
Que la ludopatía por juegos de azar es algo conocido en nuestra sociedad, pero el problema de la práctica en niños, niñas y adolescentes es que ellos todavía no desarrollaron las herramientas necesarias para poder parar, para no dejarse seducir por algoritmos. Que el juego virtual genera una adicción aún más rápida, con las máquinas físicas se desarrolla esta patología en cinco años mientras que con el juego virtual tan solo se necesitan dos años para captar a la persona.
Que en nuestro país no existe una Ley Federal que regule el mercado de apuestas y cada provincia tiene sus propias normativas al respecto. Que es necesario un marco regulatorio integral para la identificación, prevención y mitigación de la ciberludopatía para evitar la gravedad de esta problemática y proteger a nuestros jóvenes de la adicción que genera el juego en línea.
Que las apuestas en línea representan una seria preocupación para la salud y el bienestar de las niñas, niños y adolescentes, y es crucial abordar este problema con medidas de prevención, educación y regulación efectivas.
Que es necesario implementar una campaña preventiva dirigida a las y los adolescentes con el objetivo de concientizarlos sobre los riesgos de juego con apuestas online y brindarles información adecuada.
Que es responsabilidad de las autoridades municipales velar por el bienestar y la protección de las y los jóvenes de nuestra comunidad.
Que el Honorable Concejo Deliberante de Rauch tiene el deber de promover el bienestar de sus ciudadanos, especialmente de las y los jóvenes, previniendo aquellos problemas sociales que los afectan.
Por todo ello este Honorable Concejo Deliberante acuerda y sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Impleméntese en el partido de Rauch una campaña de prevención y concientización, dirigida a las y los adolescentes sobre los riesgos del juego con apuestas online.
Artículo Nº 2: La campaña deberá incluir, entre otros elementos:
a) Difusión de material que destaque los peligros, así como las consecuencias negativas del juego con apuestas online.
b) Realización de charlas y talleres en las escuelas secundarias, con la participación tanto de profesionales como expertos en adicciones y en salud mental.
c) Articulación colaborativa con organizaciones locales especializadas en la prevención y tratamiento de adicciones.
d) Promoción de actividades alternativas saludables y recreativas para las y los adolescentes, fomentando el desarrollo de habilidades además de la participación en actividades sociales y deportivas.
Artículo Nº 3: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá coordinar y asignar los recursos necesarios para la implementación y difusión de la campaña.
Artículo Nº 4: Dispóngase como autoridad de aplicación de la presente, a la Dirección de Educación, en coordinación con el Consejo Local de Niñez y Adolescencia del Municipio de Rauch.
Artículo Nº 5: Manifestar mediante la presente, que el Honorable Concejo Deliberante vería de muy buen agrado que la Honorable Legislatura Bonaerense y el Congreso Nacional, dictaran sendas leyes prohibiendo todo tipo de publicidad, directa y/o subliminal y el sponsorismo en el deporte, de los sitios de apuestas online, ya sea en forma gráfica, radial, televisiva y/o a través de las redes sociales y de comunicación.
Artículo Nº 6: Envíese copia de la presente a las presidencias de ambas Cámaras de la Legislatura Provincial y al Honorable Congreso Nacional.
Artículo Nº 7: De forma.