Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 288
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/08/2024
Visto el presente expediente iniciado como Alcance 2 del expediente Nº416R-444-2023, mediante el cual se tramita la aplicación de multas por incumplimiento de plazos de contrato, por parte de la Empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., adjudicataria de la obra: “AMPLIACIÓN Y REPARACIONES COMISARIA PRIMERA", por Decreto Nº97/2023 y:
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 y 2 consta informe del Departamento Proyectos y Obras, señalando que la obra se encuentra con su plazo de ejecución de obra vencido, ya que de acuerdo a la fecha del Acta de Replanteo realizada el día 14 de Marzo de 2023 y teniendo en cuenta que la obra tiene un plazo de ejecución de ciento ochenta (180) días corridos y ciento cuarenta y cinco (145) días mas por ampliación de plazo, y paralizaciones con fecha del 7/8/2023 al 29/08/2023, del 06/12/2023 al 02/01/2024, del 11/01/2024 al 01/02/2024, del 04/04/2024 al 24/04/2024, que juntas suman un total de noventa (90) días, y la fecha de finalización tendría que haber sido el día 2 de Mayo del 2024.
Que la oficina técnica informa que los atrasos en el plazo de la obra, fueron comunicados a la empresa contratista por Orden de Servicio N°2 de fecha 01 de Agosto de 2023, Orden de Servicio N°3 con fecha 5 de Marzo de 2024, Orden de Servicio N°4 con fecha 5 de Abril de 2024. Se le notificó a la empresa contratista que debe regularizar el ritmo de trabajo para cumplir con el plan de trabajo vigente. Que mediante Orden de Servicio N°5 de fecha 2 de Mayo de 2024, se le comunicó a la empresa el vencimiento de plazo de ejecución de obra y que será pasible de multas. Finalmente, por Orden de Servicio N°7 con fecha 28 de Junio de 2024, se le informa a la contratista que hasta esa fecha llevaba 57 días de atraso en finalizar la obra (29 días correspondientes al mes de mayo y 28 días al mes junio) y que las causas de dicho atraso son imputables al contratista. La Empresa no formuló ningún descargo posterior dentro de los tres (3) días hábiles de su notificación.-
Que dadas estas condiciones y lo establecido por los Artículos N°46, 63, 64 y 89 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, para la contratación de Obras Públicas de la Municipalidad de Bahía Blanca, se deberá aplicar una Multa por Mora en la finalización de los trabajos, equivalente a cero con treinta y tres décimos por mil (0,33‰), del monto del Contrato (monto original más los importes de las ampliaciones de contrato, adicionales y redeterminaciones de precios aprobadas), por cada día de atraso en la terminación total de la obra. También se indica que el importe de la multa será deducido del primer certificado que el Contratista debe cobrar después de la aplicación de ésta, es decir, que teniendo en cuenta lo expresado anteriormente se desprende lo siguiente: Monto Original $71.537.320,00; Monto Adicional Nro.1 $7.683.443,05; Monto Adicional Nro.2 $6.358.433,14; Redeterminación provisoria anticipo financiero $843.045,95; Redeterminación provisoria certificado Nro.1 $298.907,17; Redeterminación provisoria certificado Nro.2 $607.371,52; Redeterminación provisoria certificado Nro.3 $490.347,20; Redeterminación provisoria certificado Nro.4 $558.538,23; Redeterminación provisoria certificado Nro.5 $579.375,25; Redeterminación provisoria certificado Nro.6 $8.387.335,41; Redeterminación provisoria certificado Nro.7 $311.422,71; Redeterminación provisoria certificado Nro.8 $2.950.509,73; Redeterminación provisoria certificado Nro.9 $2.104.516,47; Redeterminación provisoria certificado Nro.10 $4.433.994,13; Redeterminación provisoria certificado Nro.11 $6.069.403,03; Redeterminación provisoria certificado Nro.12 $5.170.503,00; Redeterminación provisoria certificado Nro.13 $4.576.227,01; Redeterminación provisoria certificado Nro.14 $3.304.345,49; Redeterminación provisoria adicional N°1 certificado Nro.1 $7.963.437,27; Redeterminación provisoria adicional N°1 certificado Nro.2 $1.044.211,26; Redeterminación provisoria adicional N°1 certificado Nro.3 $439.162,00 y Redeterminación provisoria adicional N°2 certificado Nro.1 $304.617,14, Total de Contrato: $136.016.466,16; Resultando el 0,33‰ del monto del contrato la suma de $44.885,43.-
Que atento a ello, el Departamento Proyectos y Obras, informa que dada la demora en finalizar la obra es de 57 (cincuenta y siete) días corridos, cabe destacar que 32 (treinta y dos) de esos días ya fueron considerados en el informe técnico Nro.1 con fecha 17/07/2024 correspondientes al mes de mayo de 2024 (29 días) y junio de 2024 (3 días), Alcance N°1 416R-444-2023-1-0.- (Resolución N°277/2024); que el monto de la multa a aplicar por los atrasos a la Empresa son por 25 (veinticinco) días mes de junio de 2024, monto que asciende a $1.122.135,85 - ($44.885,43 x 25).-
Que el Departamento técnico señala a fs.2, que será la superioridad la encargada de analizar y dictaminar desde el punto de vista legal, si se deberá aplicar o no lo estipulado en los artículos antes mencionados para dicha obra, sugiriendo se apliquen dichas multas.
Que a fojas 5 y 5 vuelta consta dictamen legal, del que surge que en el Pliego de Bases y Condiciones como en el contrato de Obra Pública celebrado, se prevé la potestad sancionatoria del comitente, frente a los incumplimientos de la parte contratista. El asesor letrado dictamina que conforme el artículo 89º inciso b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales es viable la aplicación de la multa establecida. De acuerdo con las obligaciones del Contratista en el marco de los artículos 63º y 64º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, encontrándose acreditado el incumplimiento por parte de ésta.
Que de acuerdo a lo indicado en el articulo 90º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Contratación de Obra Pública, el Departamento Técnico sugiere se le otorguen tres días al contratista para que salde el monto de la multa, el cual tendrá que ser depositado en una cuenta a nombre del Municipio de Bahía Blanca.-
Que a fojas 34 y 35 se informa el número de cuenta, CBU y Recurso donde se deberán ingresar los fondos provenientes del pago de la multa aplicada a la Empresa Contratista.
Por ello; atento lo sugerido por el Departamento Proyectos y Obras; lo dictaminado por el área legal y de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Obra, en su Cláusula Decimoquinta, ítem a) PENALIDADES inc.2.- Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Aplicase a la Empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., adjudicataria de la obra: “AMPLIACIÓN Y REPARACIONES COMISARIA PRIMERA", una multa de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($1.122.135,85), correspondiente a veinticinco (25) días de atraso en el vencimiento del plazo contractual, de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Decimoquinta ítem a) PENALIDADES, inc.2 del Contrato de Obra.-Multa por mora en el cumplimiento de su plazo, y Artículo 64° y 89° inciso b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.-
ARTÍCULO 2º: Intímese al Contratista, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 90º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales a abonar el monto de la multa aplicada en el artículo 1º de la presente, en el plazo de tres (3) días hábiles y acompañar al presente los comprobantes del pago. Dichos montos deberán depositarse en la cuenta corriente del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6229 de Bahía Blanca, Numero de Cuenta 52720/6, Cuenta Corriente en pesos, CBU 0140305101622905272064, Cuit 30-99900209-5, imputándose dicho monto al RECURSO 12.6.01.00 Multa por Contravenciones. Vencido el plazo sin haber acompañado el comprobante de pago, se seguirá el procedimiento establecido por el artículo 90º citado.
ARTÍCULO 3º: Cúmplase; dése al R.O.; notifíquese a la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., por medio de Cédula de Notificación a través de la Dirección General de Asesoría Letrada y tomen conocimiento Contaduría General, Departamento Compras, Registro de Licitadores y Obras por Consorcio, Tesorería, Subdirección de Presupuesto, y Departamento Proyectos y Obras.-