Boletines/Alberti
Decreto Nº 495-2024
Alberti, 14/06/2024
Visto
El Decreto0 Nº 495/2024; y
Considerando
Que, a través de la norma citada en el Visto se dispone la apertura de un proceso de inscripción de familias que se encuentren en condiciones de resultar adjudicatarias de 6 (seis) viviendas en la localidad de Achupallas, 5 (cinco) viviendas en la localidad de Plá y 13 (trece) viviendas en la localidad de Mechita, que se encuentran en proceso de construcción en el marco del Programa “Bonaerense II – Municipios” financiada por el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano – Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires
Que, en el Articulo Nº3 del Decreto indicado en el Visto se dejó establecido los requisitos que deben reunir los aspirantes.
Que, es necesario modificar la pauta antes indicada.
Que, en consecuencia, y;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Disponerse a modificar el Articulo Nº 3 del Decreto 229/2024 que quedara redactado de la siguiente manera:
“Quienes se inscriban en los Registros a abrirse con la finalidad prevista en el artículo Primero, deberán reunir los siguientes requisitos:
1) No ser titulares de dominio, poseedora/es a título de dueño, usufructuaria/os o nudo propietario/os de una vivienda.
2) Acreditar una residencia no menor a 6 años en las localidades del distrito indicadas en el artículo primero.
3) El grupo familiar debe poseer ingresos inferiores al equivalente a 3 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
4) Integren un grupo familiar compuesto por 3 o más personas, siendo al menos 1 de ellos menores de edad o persona con discapacidad para los inscriptos en las localidades de Pla y Mechita.
5) Integren un grupo familiar compuesto por al menos dos personas para aquellos inscriptos en la localidad de Achupallas.
ARTÍCULO 2°: Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos. -
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial de Decretos y archívese. -