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Decreto Nº477-2024

Decreto Nº 477-2024

Alberti, 11/06/2024

Visto

La nota presentada por vecinos del Barrio Cavagnaro, adjudicatarios de la vivienda correspondiente al Programa Reconstruir, de fecha 4 de junio del corriente.

Lo normado por el art. 108 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y

Considerando

Que, a través de la nota en cuestión numerosos vecinos beneficiarios de viviendas del Programa “Reconstruir”, ponen de manifiesto el accionar de la señora Anabela González, reñidas con pautas de convivencia sociales mínimas a respetar para una coexistencia barrial armónica.

Que la nombrada Anabela Viviana Judith Gonzalez ha resultado adjudicataria de la vivienda identificada con el nro. 43 en el plano adjunto al acta de adjudicación y entrega suscripto con fecha 11 de noviembre de 2022.

Que corresponde la apertura de expediente administrativo para la investigación de los hechos descriptos, con la finalidad de analizar la eventual posibilidad de desadjudicación de la vivienda, de acreditarse la realización -por parte de la adjudicataria de la misma- de actos que hayan vulnerado la normativa legal vigente, alterando la normal convivencia de los vecinos en el Barrio.

Que, en consecuencia

EL INTENDENTE MUNICIPAL DL PARTIDO DE ALBERTI EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Disponerse la apertura de expediente administrativo para la investigación de los hechos denunciados por los vecinos del Barrio Cavagnaro mediante nota de fecha 4 de junio del corriente, con la finalidad de determinar la existencia de acciones llevadas a cabo por la señora Anabela Viviana Judith González (DNI 34398399), que eventualmente pudieran justificar la desadjudicación de la vivienda de la que resultara beneficiaria. -

ARTÍCULO 2°: Dése intervención a las Secretarías y dependencias municipales competentes.-

ARTÍCULO 3°: Oportunamente, de acreditarse la existencia de hechos violatorios de la normativa vigente por parte de la señora González, que autorizar la desadjudicación de la vivienda, se le conferirá traslado para que realice el correspondiente descargo que haga a su derecho de defensa. -

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial de Decretos y archívese. -