Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1062/24

Decreto Nº 1062/24

Coronel Pringles, 02/07/2024

Visto

y

Considerando

las notas elevadas por la Secretaría de Desarrollo, mediante las cuales informan sobre la necesidad de brindar ayuda económica por el presente Ejercicio a las personas que se detallan en los Anexo adjunto, en virtud de la compleja situación económica y/o de salud que atraviesan junto al grupo familiar, por lo que este Departamento Ejecutivo resuelve otorgar un subsidio a cada uno de ellos;  en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorícese a la Contaduría Municipal a hacer efectivo el pago de la ayuda económica de las personas que se detallan en los anexos I, II, III y IV adjuntos, por los motivos expuestos en el exordio del presente.

ARTICULO 2º: Lo dispuesto en el Anexo I, se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo” – Categoría Programática 21.00.00  “Seguridad Alimentaria y Asistencial” -  Partida 5.1.4.0  “Ayudas Sociales a Personas” Fuente Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 3º: Lo dispuesto en el Anexo II, se atenderá por Jurisdicción 1110180000 Gobierno y Seguridad” – Categoría Programática 16.01.00 “Funcionamiento de la Delegación de Indio Rico” - Partida 5.1.4.0 “Ayudas Sociales a Personas” Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 4º: Lo dispuesto en el Anexo III, se atenderá por Jurisdicción 1110124000 Secretaría de Desarrollo” – Categoría Programática 17.00.00 “Tercera Edad y Discapacidad” -  Partida 5.1.4.0  “Ayudas Sociales a Personas” Fondo de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 5º: Lo dispuesto en el Anexo IV, se atenderá por Jurisdicción 1110118000 “Secretaría de Gobierno y Seguridad” – Categoría Programática 16.02.00 “Geriátrico Indio Rico” -  Partida 5.1.4.0  “Ayudas Sociales a Personas” Fondo de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 6°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.062/24.