Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1048/24

Decreto Nº 1048/24

Coronel Pringles, 28/06/2024

Visto

el Expediente N° 1.432/24, iniciado por la Directora de Obras e Infraestructura, Arq. María Belén Lucarelli; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita autorización para contratar a la empresa BAPRING, del Sr. Juan Manuel Sarta, D.N.I. N° 27.483.960, quien será responsable de la colocación y mantenimiento de los baños químicos, en los diferentes lugares de la ciudad donde se esté trabajando en obra pública, los mismos serán destinados al uso del personal que trabaje allí;

Que en las diferentes obras que se ejecuten es necesario tener baños químicos para el personal, ya que las mismas se encuentran ubicadas en diferentes sectores de la ciudad y al aire libre, por tal motivo es que son necesarios los baños químicos y la limpieza correspondiente de los mismos, para que el personal tenga disponible el servicio y pueda trabajar asegurándoles la higiene correspondiente;

Que la contratación será desde el 01/08/2024 y hasta el 31/12/2024, abonándosele la suma de $15.703,38 por el servicio brindado;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la Contratación directa de la Empresa BAPRING del Sr. Juan Manuel Sartal, D.N.I. N° 27.483.960, para proveer y mantener baños químicos en diferentes lugares de la ciudad donde se realice obra pública y no se pueda acceder a los baños de las oficinas o áreas correspondientes, según lo informado a fs. 01, con un mínimo obligatorio de limpieza de los mismos por semana, abonándosele la suma de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS TRES ($15.703,00) por el servicio brindado, a partir del 01/08/24 hasta el 31/12/24.

ARTICULO 2°: El gasto mencionado en el artículo 1° se imputará en Jurisdicción 1110125000 "Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos” – Categoría Programática 01.00.00 “Funcionamiento de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos” – Partida 3.2.9.0  “Otros” – Fuente de Financiamiento 110- “Tesoro Municipal”. 

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.048/24.