Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1045/24
Coronel Pringles, 28/06/2024
Visto
el Expediente Nº 3.260/22 – Cuerpo IV - iniciado por la Arq. Lucarelli María Belén, Directora de Obras e Infraestructura; y
Considerando
Que en virtud de los ingresos aportados por IVBA para las certificaciones del Programa Bonaerense II 40 viviendas Coronel Pringles Barrio “Ara Gral. Belgrano” actualizados con UVI, se solicita realizar una Modificación Presupuestaria para efectuar el pago correspondiente a la Empresa contratada “Gaetano Ingeniería S.R.L.”, por un importe de $89.956.969,63 correspondiente al Certificados Nº 10;
Que la Contaduría Municipal da lugar a lo requerido, debiendo realizar la Modificación Presupuestaria pertinente;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese la Modificación Presupuestaria pertinente, en virtud de los ingresos aportados por Provincia actualizados con UVI correspondiente al Certificado Nº 10, para realizar el pago al proveedor que realiza la obra, incrementándose el Cálculo del Recurso 22.5.01.09 “Construcción 40 Viviendas IVBA – Ara General Belgrano” Jurisdicción 1110119000 “JEFATURA DE GABINETE”, por la suma de PESOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($89.956.969,63), incrementando en el mismo importe el Presupuesto de Gastos en Categoría Programática 25.62.00 “Construcción 40 Viviendas IVBA – Ara General Belgrano”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos” Partida 4.2.1.0. “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”.
ARTICULO 2°: La empresa contratada, “Gaetano Ingeniería S.R.L.” deberá gestionar una nueva póliza por garantía del fondo de reparo por la suma de PESOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON QUINCE CENTAVOS ($ 80.739.947,15), debido a que la presentada originalmente quedo con fondos insuficientes.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.045/24.