Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1037/24

Decreto Nº 1037/24

Coronel Pringles, 27/06/2024

Visto

el Expediente N° 1.445/24 iniciado por el Sr. Arosteguy Ricardo A.; y

Considerando

Que mediante el mismo informa que por un error involuntario abono la cuota 06/2024 de la Partida N° 13649, correspondiente a la Tasa de Red Vial;

Que dicho pago ingresó el día 19/06/24 por la Oficina Red Link Pagos, adjuntándose comprobante de pago a fs. 03/04;

Que el contribuyente posee la Partida N° 13649 adherida al débito automático, por lo que al abonarla con anterioridad no se le hizo el débito que correspondía, por tal motivo el importe abonado fue de $271.216,18 (solamente se le aplico el descuento del 10% por estar al día), cuando el importe que debía abonar es de $244.544,46 sumándosele el descuento por estar adherido al débito automático  tal surge a fs. 05;

Que por tal motivo el contribuyente solicita la compensación de la suma de $26.661,72;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza Fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;

Que por tal motivo correspondería proceder a compensar la diferencia de la cuota 06/2024 de la Tasa de Red Vial, Partida N° 13649, por un importe de $26.661,72, e imputarlo a cuotas venideras del presente ejercicio;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;

 EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1°: Compénsese la suma de PESOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($26.661,72), por pago erróneo de la cuota 06/2024 correspondiente a la Tasa de Red Vial, Partida N° 13649, imputándose dicho importe a cuotas venideras del presente ejercicio, en el marco del Articulo 49 de la Ordenanza Fiscal vigente, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.  

 

REGISTRADO BAJO N° 1.037/24.