Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1035/24
Coronel Pringles, 27/06/2024
Visto
los Expedientes N° 0022/22 y N° 1.752/16, iniciados por la Directora de Acción Social Sra. Pereyra Natalia; y
Considerando
Que mediante los mismos requiere la renovación de la contratación de la Lic. Redín Fátima y Lic. Echeverría María Josefina, para desempeñarse como Psicólogas en el Servicio de Prevención y Asistencia a las Víctimas de Violencia, dependiente del área de Acción Social;
Que el servicio presta asistencia de forma complementaria a todas las asistencias que se brindan desde el área de Acción Social, funcionando de manera independiente en días y horarios. El equipo asiste a víctimas de violencia, brindando asesoramiento y acompañamiento;
Que dichas contrataciones se realizaran desde el 01/07/24 y hasta el 30/09/24, abonándosele la suma mensual de $212.325,00, en el marco del artículo 148º de la LOM, atento la carencia de oficinas técnicas a cargo de profesionales del área solicitante;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Dirección de Acción Social, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la renovación de la contratación de la Lic. REDIN Fátima, D.N.I. Nº 40.981.804, para desempeñar tareas como Psicóloga en el Servicio de Prevención y Asistencia a las Víctimas de Violencia, dependiente del área de Acción Social, abonándosele la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($212.325,00), desde el 01/07/24 y hasta el 30/09/24. Expediente N° 0022/22.
ARTICULO 3°: Autorícese la renovación de la contratación de la Lic. ECHEVERRIA María Josefina, D.N.I. Nº 34.381.316, para desempeñar tareas como Psicóloga en el Servicio de Prevención y Asistencia a las Víctimas de Violencia, dependiente del área de Acción Social, abonándosele la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($212.325,00), desde el 01/07/24 y hasta el 30/09/24. Expediente N° 1.752/16.
ARTICULO 4°: Lo dispuesto en los artículos precedentes se atenderá Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 22.00.00 “Ley 13.163 Fondo de Programas Sociales”, Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales - Otros”, Fuente de Financiamiento 132 -“de Origen Provincial”.
ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.035/24.