Boletines/Lobería

Decreto Nº1739-24

Decreto Nº 1739-24

Lobería, 20/08/2024

REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.728/23, el Decreto Nº 102/24; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Robledo, ubicada en calle Barrena N° 50 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Dirección de Vivienda, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el titular de esa dependencia SR. HÉCTOR FABIAN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto N°102/24, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 12 de agosto de 2024;
QUE, atento a no haberse presentado dicho requerimiento en tiempo y forma, corresponde registrar las tareas realizadas;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DIEGO BORELLO, D.N.I. N° 32.141.376, designado mediante Decreto Nº 102/24, que realizó trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Robledo, ubicada en calle Barrena N° 50 de esta ciudad, a partir 12 de agosto de 2024.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas realizadas y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS                                                              MONTO
Destapar cloaca                                              $ 10.465,12
Realizar cámara de inspección                       $ 30.737,21
Cambiar cañería de cloaca                             $ 14.758,12
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 55.960,45.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS             ($ 48.125,99.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 6.715,25. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área
correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Vivienda, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE