Boletines/Villarino

Decreto Nº873

Decreto Nº 873

Villarino, 20/08/2024

DECFC-2024-873-MUNIVLLRN-INT

Visto

El expediente Nº 169/24, caratulado: “Secretaria interina Obras Públicas – Solicita Contratación Directaobra “MODIFICACIONES EN DEPENDENCIA DE POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”,

Considerando

 Que a fs.1, la Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos, Ing. DIAZ Noelia, solicita autorización para proceder
a la contratación directa para la provisión de mano de obra, materiales, herramientas y equipos, destinada para la
ejecución de la obra de referencia;
Que a fs. 2/5, consta memoria descriptiva de la obra, croquis y plano de la misma.
Que a fs. 6, se emite la solicitud del pedido Nº 380/24.
Que a fs. 7, se adjunta presupuesto del contratista Ugalde José Daniel, siendo una oferta conveniente
económicamente para el municipio, con un valor de pesos un millón doscientos dieciséis mil cincuenta ($
1.216.050,00);
Que a fs. 9/10, se emite la solicitud de gastos Nº 442/24;
Que a fs. 11, a través del Decreto N° 200/24 se contrata de manera directa al contratista José Daniel Ugalde;
Que a fs.15, consta Contrato de Obra Pública con fecha 01 de febrero de 2024 firmado por ambas partes;
Que a fs. 16, a los 01 días del mes de febrero de 2024 se firma Acta de Inicio de Obra;
Que a fs. 20, a los 9 días del mes de febrero se firma Acta de Recepción Provisoria comenzando a correr el plazo de
garantía de SEIS (6) meses.
Que a fs. 27, por recibo de retención N° 1102/24 se retiene en concepto de Fondo de Garantía la suma de pesos
sesenta mil ochocientos dos con cincuenta centavos ($ 60.802,50).
Que a fs. 28, desde la Secretaria de Obras Públicas se informa e inspecciona la obra de referencia, cumpliendo con
lo especificado en la memoria técnica y aprobando su estado.
Que a fs. 29, se adjunta Acta Definitiva de Obra con fecha 9 de agosto de 2024.
Que, el Contrato de Obra Pública en su cláusula NOVENA establece “Se le retendrá a la CONTRATISTA, del
importe de cada certificado de obra, el cinco por ciento (5%) en concepto de Fondo de Reparo, monto que podrá
sustituirse mediante póliza de caución y que será devuelto una vez otorgada la Recepción Definitiva de los
trabajos….”;

EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN EL USO DE SUS FACULTADES RESUELVE

Artículo 1º: Apruébese el Acta de Recepción Definitiva suscripta el día 9 de agosto de 2024.
Artículo 2º: Devuélvase al proveedor José Daniel Ugalde la suma pesos sesenta mil ochocientos dos con cincuenta
centavos ($ 60.802,50). en concepto de fondo de garantía;
Artículo 3º: Pase por contaduría y tesorería a fin de emitir orden de devolución y cheque a favor del contratista.
Artículo 4º: Cúmplase, dese al R.O, hecho, archívese