Boletines/Las Flores

Ordenanza Nº3592/2024

Ordenanza Nº 3592/2024

Las Flores, 25/07/2024

ORDENANZA

ORDENANZA 3592/2024

Visto:

El Expediente Administrativo Municipal Nº 4063-1477/2023, la Resolución Nº 605/2024 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, el Acta Acuerdo de fecha 03 de Julio de 2024 suscripta entre la Municipalidad de Las Flores y la “Contratista” Hidraco S.A. y el Decreto Municipal Nº 1365/202 de fecha 12 de Julio de 2024, todo ello referido a la contratación y ejecución de la obra denominada “colocación de carpeta asfáltica en calles de LA CIUDAD DE Las Flores”, adjudicada mediante Licitación Pública Nº 05/23y;

Considerando:

Que, con fecha 11 de Julio de 2023, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Las Flores suscribieron un convenio que tuvo por objeto el otorgamiento de un subsidio, a favor del Municipio, por la suma de $ 200.231.739,17, destinado a financiar la ejecución de la obra “Pavimento asfáltico en calles de la ciudad de Las Flores (27.050,00 metros cuadrados)”.

Que, dicho Convenio fue convalidado por este H.C.D. mediante Ordenanza Nº 3516/2023, promulgada por el Decreto Nº 1908/2023;

Que, en el Expte. Nº 4063-1477/23 tramitó el llamado a licitación (Licitación Pública Nº 05/2023) de la obra denominada “Colocación de carpeta asfáltica en calles de la ciudad de Las Flores”. Y, mediante Decreto Municipal Nº 2.633 de fecha 21 de septiembre de 2023, se le adjudicó a la firma HIDRACO S.A. (CUIT 30-58022920-0) la ejecución de la obra referida, en la suma de $ 297.344.540,52 (oferta más conveniente).

Que, con fecha 05 de octubre de 2023, el Municipio y la “Contratista” suscribieron el respectivo Contrato de Obra Pública, aprobado por Decreto Nº 2.792, de fecha 06 de Octubre de 2023. De acuerdo con los términos del Contrato, el monto -precio- por la ejecución de la obra asciende a $ 297.344.540,52 -cláusula Segunda- y el plazo de obra se fijó en 60 días corridos contados desde la fecha de la firma del acta de inicio de la obra -cláusula Cuarta-.       Que, el día 17 de octubre de 2023 la “Contratista” dio inició a la obra encomendada, circunstancia de la que se dejó expresa constancia en el “ACTA DE INICIO DE OBRA” firmada ese mismo día, agregada a fs. 702 del Expte. N° 4063-1477/2023.

Que, en virtud de la cantidad de días lluviosos registrados desde el inicio de la obra y, en consecuencia, para que el Municipio tuviera el tiempo necesario para finalizar las tareas -a su cargo según los términos del Pliego Licitatorio- de movimiento de suelo y preparación de base en aquellas superficies sobre las que debía colocarse la carpeta asfáltica, con fecha 31 de Octubre de 2023 las partes, de común acuerdo, suscribieron un Acta de Neutralización del Plazo  de Obra, por el término de 40 días corridos

Que, el proceso electoral que se desarrolló durante el mes de octubre de 2023 originó un inesperado escenario de volatilidad e incertidumbre cambiaria. En ese lapso, entre otras cosas, se comenzó a experimentar serias dificultades para conseguir los materiales necesarios para la construcción de la obra licitada y adjudicada; ello, tanto por la falta de entrega de esos materiales como por la ausencia de precios para su comercialización.

Que, en este contexto, a principios del mes de diciembre de 2023 el Gobierno Nacional dispuso una serie de medidas económicas y cambiarias, entre ellas, una devaluación del Peso superior al cincuenta por ciento, que redundó en un abrupto incremento de los precios de los productos, en particular de muchos insumos utilizados en el rubro de la construcción (v.gr., los necesarios para elaborar asfalto).

Que, las dificultades para acceder a los materiales necesarios para ejecutar la obra descriptas supra, las tasas de inflación a niveles de máximo histórico y los cambios en el paradigma económico, reflejados en las medidas económicas adoptadas en Diciembre de 2023 y principios de 2024, produjeron un desbalance en la ecuación económica del contrato de obra pública, tornando imposible la continuidad del contrato celebrado sin que medie una renegociación que contemple una revisión del precio pactado o una disminución de la superficie de asfalto a ejecutar, para compensar los incrementos en el costo de los insumos y de la mano de obra.

Que, la “Contratista”, mediante nota de fecha 14 de diciembre de 2023, comenzó a plantear la necesidad de readecuar los términos del contrato, para lo cual adjuntó un análisis comparativo de los precios vigentes al momento de la oferta con los vigentes luego de la devaluación de la moneda. Paralelamente, la Municipalidad de Las Flores, a través de sus áreas técnicas, elaboró un informe sobre el impacto que la devaluación y el consiguiente aumento de los precios generaba en la obra que se había iniciado. Confeccionó un nuevo cómputo y presupuesto de la obra proyectada, readecuando la cantidad de metros cuadrados que podrían ejecutarse con el importe del subsidio recibido.

Que, con sustento en el informe técnico supra referido, la Municipalidad realizó una presentación por ante el mismo Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la aprobación de una reducción del proyecto de obra oportunamente previsto. Lo que antes consistía en la ejecución de 27.050 metros cuadrados de pavimentación se reduciría a 11.634,42 metros cuadrados (EX2024-09583235-GDEBA-DGALMIYSPGP).

Que, con fecha 23 de mayo de 2024, el Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires firmó la Resolución Nº 605/2024, en la cual aprueba la modificación al proyecto “Pavimento asfáltico de calles ciudad de Las Flores”, solicitada por el Municipio. De este modo, con la suma de $ 200.241.739,17 -única autorizada por el Ministerio para esta obra- deberán ejecutarse 11.634,42 metros cuadrados de pavimento -reducción planteada por el Municipio y convalidada por el Ministerio-.

Que, con fecha 08 de Julio de 2024, la Municipalidad de Las Flores y la contratista HIDRACO S.A. suscribieron un Acta Acuerdo destinada a readecuar parcialmente los términos del contrato de obra pública, ampliándose el Plazo de Finalización de la Obra en treinta (30) días corridos a contar desde el 08/07/2024; modificándose el objeto y el precio del contrato, dejándose establecido que HIDRACO S.A. deberá realizar la obra “Colocación de Carpeta Asfáltica en calles de la Ciudad de Las Flores” sobre una superficie total de once mil seiscientos treinta y cuatro metros con cuarenta y dos centímetros cuadrados (11.634,42 mts. cdos.), por un monto o precio total de doscientos millones doscientos cuarenta y un mil setecientos treinta y nueve pesos con diecisiete centavos ($ 200.241.739,17), ratificándose la plena vigencia del Pliego Licitatorio –excepto en lo que fue materia de modificación-, para lo cual la “Contratista” desistió expresamente de todo reclamo futuro contra el Municipio.

Que, con fecha 12 de Julio de 2024 se dictó el Decreto Nº 1365/2024, en el cual se aprobó el Acta Acuerdo de fecha 08 de Julio de 2024, se amplió el plazo de obra previsto en el contrato en treinta (30) días contados desde la fecha de la firma del Acta Acuerdo, se aprobó la readecuación contractual estructurada de acuerdo con el criterio convalidado por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires en la Resolución Nº 605//2024, es decir, limitándose el objeto del contrato a la ejecución de 11.634,42 metros cuadrados de pavimento asfáltico por un precio total de $ 200.241.739,17 (monto del subsidio recibido por el Municipio).

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS FLORES APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Art. 1º: Apruébese el “Acta Acuerdo” de fecha 08 de Julio de 2024, suscripta entre la Municipalidad de Las Flores y la empresa contratista “HIDRACO S.A.”, CUIT 30-58022920-0, relativa a la modificación parcial del Contrato de ““Colocación de carpeta asfáltica en calles de la ciudad de Las Flores” (Licitación Pública Nº 05/23), que como Anexo forma parte del Decreto Nº 1365/2024.

Art. 2º: Convalidase el texto del Decreto Nº 1365/2024, de fecha 12 de Julio de 2024.

Art. 3º: La erogación resultante de lo dispuesto en los artículos precedentes se imputará a la Jurisdicción 1110104000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Programa 37 “Subsecretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Proyecto 37.84.00 “Obras de Pavimentación”, Partida 4.2.2.0. “Construcciones en bienes de dominio público”, Fuente de Financiamiento 132 “De origen Provincial”, Recurso 22.5.01.46 “Convenio M.I.S.P. – Pavimento asfáltico en calles de la ciudad de Las Flores”, del Presupuesto de Gastos vigente.

Art. 4º Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LAS FLORES A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 

Abg. Alejandra Vazzano                     Prof. Fabian Blanstein

         Secretaria                                       Presidente

 

 

 

/// Corresponde Ordenanza Nº 3592/2024.-

PROMULGADA POR DECRETO Nº 1562 (DECTO-2024-1562-E-LASFLORES-INT) DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 1º DE AGOSTO DE 2024.-

 

 

 

          LUCAS MARTÍN BOGGINI                                                                                   Ing. ALBERTO C. GELENÉ

                               Secretario de                                                                                                  Intendente Municipal

              Relaciones Institucionales y Gobierno                                                                    

 

PUBLICADA:  27 DE AGOSTO DE 2024