Boletines/Saavedra

Decreto Nº155/2024

Decreto Nº 155/2024

Saavedra, 22/07/2024

Referencia: Decreto Expediente Electrónico EX-2024-00004340- -MUNISAAV-DHMP#SS
 

Visto

la solicitud de la Directora del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, el acta celebrada por la Junta de Calificaciones, Ascensos, Promociones e Ingreso de la Municipalidad de Saavedra-Pigüé y el informe del Contador Municipal que corren agregados al presente Expediente
 

el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
 

D E C R E T A
Art. 1° Designase al Sr. Rodrigo Efren Zeytuntsian Maiza, DNI 30.719.228, a partir del 01/07/2024 hasta 30/09/2024 inclusive como Médico Anestesista en el Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, con categoría Ayudante de Servicio y Regimen horario de 12 hs semanales de labor, prestando servicios de acuerdo al siguiente
detalle: - en forma activa para los actos anestésicos correspondientes a las cirugías y cualquier otra práctica quirúgica
programada de lunes a viernes desde las ocho horas (8:00 Hs), a las trece horas (13 hs); - en forma pasiva de lunes a viernes desde las trece horas (13 hs), a las ocho horas (8:00) del día siguiente, - en forma pasiva los sábados, domingo y feriados desde las ocho horas (8:00 hs) de ese día, hasta las ocho horas
(8:00 hs) del día siguiente. Se deja constancia que los profesionales resultarán solidariamente responsables de garantizar la prestación del
servicio de anéstesia en el Hospital y Maternidad Municipal de PIGUE las 24 hs del día, percibiendo por dicha circunstancia el adicional correspondiente en concepto de guardia de anéstesia.
Art° 2- La erogación producida deberá asignarse a la Jurisdicción 1110116000 – Secretaría de Salud; Programa 16- 01 – Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé – 1.2.1.0. – Retribuciones del Cargo – Agrupamiento 10 – Personal Temporario, del Presupuesto de Gastos vigente.-
Art. 3º Comuníquese, tómese nota por la Oficina de Personal / Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería, Dirección del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, quien notificará al agente y retendrá las presentes actuaciones por el período fijado, a fin de determinar la continuidad o no de la misma, dése al Registro de Decretos
y cumplido, archívese.-