Boletines/Pergamino
Ordenanza Nº 9935/24
Pergamino, 11/07/2024
Señor
Intendente Municipal
D. JAVIER ARTURO MARTÍNEZ
SU DESPACHO.-
VISTO:
EX - 2024 - 2229 – HCD CONCEJALES GIULIANA RUEDA, FRANCISCO ILLIA E IGNACIO MAIZTEGUI-BLOQUE JUNTOS POR EL CAMBIO. Proyecto de Ordenanza. Ref.: Establecer y modificar sentidos de circulación de calles en el ámbito de la Ciudad de Pergamino. Y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario actualizar la normativa respecto al sentido de circulación de diferentes arterias de nuestra ciudad.
Que el desarrollo y crecimiento de la Ciudad ha venido acompañado de un marcado incremento en el parque automotor, fundamentalmente de autos y motos.
Que se viene llevando adelante un proceso integral de revisión que incluye cada uno de los barrios de Pergamino, con el objetivo de tomar medidas bajo parámetros únicos en coincidencia con el planeamiento urbano.
Que a partir de dicho análisis, se identifica un considerable número de arterias con doble sentido de circulación, sumado a otras que en su recorrido varían en una u otra dirección según el trayecto.
Que se trata en la mayoría de los casos de calles de ancho tradicional en las que el doble sentido de circulación representa un alto riesgo para el tránsito vehicular, considerando además que en todas ellas se encuentran sobre ambas manos de manera habitual, vehículos estacionados ya sean estos de vecinos residentes o de visitantes ocasionales.
Que, habiendo consultado a las áreas técnicas del Departamento Ejecutivo Municipal que entienden tanto en la organización y control del tránsito como en el planeamiento y desarrollo urbano, se concluye que salvo excepciones puntuales donde no existan otras alternativas, y con exclusión de Avenidas y Bulevares, las calles deberán tener un único sentido de circulación, eliminando de esta manera uno de los principales factores de riesgo que inciden en el incremento de siniestros viales.
Que la normativa propuesta ha considerado cada una de las condiciones particulares de las diferentes calles y barrios que se incluyen, arribando en todos los casos y habiendo realizado las consultas pertinentes, a la mejor solución teniendo siempre como principales objetivos la seguridad y fluidez del tránsito de vehículos.
Que el programa de pavimentación de calles llevado a cabo por la gestión municipal en estos últimos años, como así también el aumento del parque automotor y flujo de vehículos antes mencionado, han puesto de manifiesto la necesidad de tomar medidas de adecuación y la colaboración de este cuerpo deliberativo con la finalidad de proceder al ordenamiento del tránsito dentro del radio urbano de nuestra ciudad.
Que así las cosas, la zona incluida en el presente proyecto requiere de una intervención que favorezca ese ordenamiento, en el marco de un proyecto integral que será concluido dentro del presente año, siempre con la finalidad de mejorar la seguridad vial y favorecer una convivencia armónica entre sus vecinos y el resto de los ciudadanos que utilizan habitualmente estas arterias.
Que como se dijo, en el proceso de elaboración del presente, se ha articulado con las áreas técnicas municipales competentes, y realizado consultas con vecinos residentes, lo que ha permitido lograr un alto grado de consenso general para avanzar en la implementación de las medidas propuestas.
Que la propuesta se sostiene además en la necesidad de dar continuidad al proceso de vinculación y conexión de los barrios de la ciudad, mejorando la circulación vehicular y la seguridad de los pergaminenses.
POR LO EXPUESTO
El Honorable Concejo Deliberante de Pergamino, en la Novena Sesión Ordinaria celebrada el día miércoles 10 de julio del 2024, aprobó por mayoría, la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1: Establézcanse los sentidos de circulación sobre las calles que se mencionan según se detalla a continuación:
Barrio Otero:
Calle Alejandro Ferrari (101): sentido único de circulación en dirección Sudeste-Noroeste.
Calle Jorge Torrent (103): sentido único de circulación en dirección Noroeste-Sudeste.
Calle Juan Manuel Pellieta (105): sentido único de circulación en dirección Sudeste-Noroeste.
Calle José Luis Bianconi (104): sentido único de circulación en dirección Sudoeste-Noreste.
Calle Gerardo Pérez (106): sentido único de circulación en direcciónNoreste-Sudoeste.
Calle Leonor di Pierro (108): sentido único de circulación en dirección Sudoeste-Noreste.
Calle Jorge Raíes (110): sentido único de circulación en dirección Noreste-Sudoeste.
Barrios Favaloro/ Maiztegui:
Calle Irlanda desde Juana Ibarbourou hasta Boulevard Ameghino: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Calle Fernández Blanco desde Benito Lynch hasta Boulevard Ameghino: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Calle Salta desde Santa Cruz hasta Benito Lynch: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Calle Ramón Raimundo desde Juana Ibarbourou hasta Boulevard Almafuerte: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Calle Maipú desde Boulevard Almafuerte hasta José Ingenieros: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Barrios Villa San José/ Acevedo:
Calle Neuquén desde General Savio hasta Navarro Puentes: sentido único de circulación en dirección Norte- Sur.
Calle Santa Cruz desde Avenida Alsina hasta Batalla de Cepeda: sentido único de circulación en dirección Sur- Norte.
Calle Aldo Patrone desde General Solano López hasta España: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Conscripto Silva desde Boulevard Paraguay hasta Boulevard Padre Galli: sentido único de circulación en dirección Sur-Norte.
Calle Agustín Álvarez desde General Solano López hasta Boulevard Paraguay: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Matheu desde Ricardo John hasta Avenida Champagnat: sentido único de circulación en dirección Sur- Norte.
Calle Paso desde Ricardo John hasta Boulevard Champagnat: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Chiclana desde Boulevard Paraguay hasta Boulevard Champagnat: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Merlino desde Ricardo John hasta Boulevard Champagnat: sentido único de circulación en dirección Sur-Norte.
Calle Sarratea desde Diego de la Fuente hasta General Savio: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle General Pico desde Diego de La Fuente hasta General Savio: sentido único de circulación en dirección Sur-Norte.
Calle Siria desde Boulevard Champagnat hasta Claudio Herro: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Laprida desde Ricardo John hasta Boulevard Padre Luis Guanella: sentido único de circulación en dirección Sur-Norte.
Calle Córdoba desde Diego de La Fuente hasta Padre Luis Guanella: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Mendoza desde Diego de La Fuente hasta Padre Luis Guanella: sentido único de circulación en dirección Sur-Norte.
Calle Roque Sáenz Peña desde Diego de la Fuente hasta Boulevard Padre Luis Guanella: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Ingeniero Ledezma entre Pascual Raimundo y Neuquén: sentido único de circulación en dirección Este- Oeste.
Calle General Solano López desde Neuquén hasta Merlino: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Calle General Vicente Peñaloza desde Boulevard Almafuerte hasta Merlino: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Calle Doctor Martínez desde Santa cruz hasta Chiclana: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este
Calle General Savio desde Boulevard Almafuerte hasta Siria: sentido único de circulación en dirección Este- Oeste.
Calle Coronel Chilavert desde Boulevard Almafuerte hasta General Pico: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Calle Coronel Arnold desde Boulevard Almafuerte hasta General Pico: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Calle Ricchieri desde Boulevard Almafuerte hasta Melino: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Calle Luis Carnevale desde Boulevard Almafuerte hasta Siria: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Calle Claudio Herro desde Boulevard Almafuerte hasta Siria: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Calle Barbazán desde Boulevard Almafuerte hasta Mendoza: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Calle El Socorro desde Santa Cruz hasta Mendoza: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Calle Ricardo John desde Boulevard Almafuerte hasta Mendoza: sentido único de circulación en dirección Este-Oeste.
Calle Diego de La Fuente desde Santa Cruz hasta Monseñor Scalabrini: sentido único de circulación en dirección Oeste-Este.
Barrios Viajantes/La Amalia:
Calle Poetas Pergaminenses desde María González de Lavalle (6) hasta su intersección con las vías del FCC Mitre: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle ZuninoMaggio desde las vías del FCC Mitre hasta Ruta Nacional Nº 8: sentido único de circulación en dirección Norte-Sur.
Calle Jujuy entre ZuninoMaggio y Menghi: doble sentido de circulación.
Calle María González de Lavalle (6) desde Calle 19 hasta Poetas Pergaminenses:sentido único de circulación en dirección Sudeste-Noroeste.
Artículo 2:La presente Ordenanza comenzará a regir cumplidos 90 (noventa) días corridos desde su promulgación. Plazo este considerado para que las áreas operativas del ejecutivo procedan a la colocación de la correspondiente señalización y demás herramientas necesarias para la debida implementación de la presente.
Artículo 3: Comuníquese a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para la correspondiente señalización.
Artículo 4: Comuníquese a la Subsecretaría de Inspección Gral. yTránsito.
Artículo 5: Comuníquese a la Subsecretaría de Modernización para la actualización de plataformas digitales.
Artículo 6: Comuníquese al área de prensa para su difusión.
Artículo 7: El Visto y los Considerandos son parte de la presente.
Artículo 8:Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
ORDENANZA N° 9935/ 24
Firmantes: Lucio Q. Tezon (Secretario HCD)-
Gabriela A.Taruselli (Presiden