Boletines/Carlos Tejedor
Decreto Nº 1985/24
Carlos Tejedor, 22/07/2024
Visto
Las encuestas sociales y diagnósticos realizadas por la Secretaría de Desarrollo Social, y
Considerando
Que por las mismas se han detectado personas/familias en situación de emergencia individual o familiar y con real necesidad de asistencia;
Que el Departamento Ejecutivo tiene la firme decisión de atender las diversas problemáticas con una ayuda material inmediata y seguimiento permanente;
Que si bien las ayudas sociales por su naturaleza deberían tener carácter no periódico, en los casos puntuales detectados, relevados y diagnosticados se requiere la atención en forma mensual y el seguimiento periódico, hasta tanto se avance en el análisis y búsqueda de alternativas para que la/s persona/s y familia/s puedan superar la situación de emergencia social;
Por ello:
LA INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórguese un subsidio no reintegrable a las personas y por los montos que se detallan en el Anexo I, destinados a solventar gastos destinados a cubrir necesidades básicas insatisfechas correspondientes al mes de JULIO del corriente año.-
ARTICULO 2º.- El diagnóstico y monitoreo de cada caso estará a cargo de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social de esta Municipalidad.-
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la Jurisdicción 1110105000 –Programa 61- Actividad 05-Inciso 05 – Partida Principal 01 - Partida Parcial 04 – Fuente de Financiamiento 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, regístrese, comuníquese.-
1985/24
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