Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 18563/2024
Tandil, 22/08/2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública para los propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle O´HIGGINS al 300 (V.P. – C.I.), según Anteproyecto Nº 16-008925-00-24 de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º: El pago total de la obra estará a cargo exclusivamente de la Sr. FELIX DAMIAN ALVAREZ –DNI Nº 25.931.680-, representando a ALHO INNOVACIONES S.A. –CUIT 30-71860104-1, de acuerdo a los contratos firmados en el presente expediente.
ARTÍCULO 3º: La modalidad de ejecución será por el sistema de costo cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la misma.
ARTÍCULO 4º: La empresa a cargo de la obra deberá reacondicionar el espacio a intervenir, siendo su obligación dejarlo en iguales condiciones que antes de comenzar la obra. En caso de incumplimiento, la Municipalidad podrá realizar los trabajos necesarios directamente o adjudicarlos a terceros, todo ello con cargo a la empresa ejecutante de la obra mencionada en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 5º: El pago de la obra a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 45º de la Ordenanza Nº 1.772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9.501/04; en la Ordenanza Nº 6.361/94; y Artículo 48º bis aprobado mediante la Ordenanza Nº 9.805/05.
ARTÍCULO 6º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Registrada bajo el Nº 18563
REF: Asunto Nº 463/2024 Expte. Nº 2024/19735/30
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)