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Decreto Nº1235

Decreto Nº 1235

Chacabuco, 22/07/2024

PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL

Visto

la sanción de la Ordenanza Nº 10.188/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Considerando

la sanción de la Ordenanza Nº 10.188/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 10.188/24 sancionada por el  Honorable Concejo Deliberante, por la cual se aprueba en general y en particular todo su articulado, el acompañamiento de la labor de la Secretaría de Salud en la promoción y gestión de la donación de sangre, como así también al Dr. Marcelo Salvarani y a la Agrupación Puente de vida, por su destacada dedicación y esfuerzo en el desarrollo de este importante tema.

 

ARTÍCULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno  de la Comuna.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.

 

Chacabuco, 22 de julio  de 2.024.-