Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1235
Chacabuco, 22/07/2024
PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL
Visto
la sanción de la Ordenanza Nº 10.188/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Considerando
la sanción de la Ordenanza Nº 10.188/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 10.188/24 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se aprueba en general y en particular todo su articulado, el acompañamiento de la labor de la Secretaría de Salud en la promoción y gestión de la donación de sangre, como así también al Dr. Marcelo Salvarani y a la Agrupación Puente de vida, por su destacada dedicación y esfuerzo en el desarrollo de este importante tema.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Chacabuco, 22 de julio de 2.024.-