Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1215
Chacabuco, 08/07/2024
AUTORIZANDO ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA 2.024
POR CREACIÓN DE PROGRAMA CHACABUCO CONSTRUYE.-
Visto
Que por el Decreto 1.195 del corriente se crea el Programa “Chacabuco Construye” que será ejecutado durante el Ejercicio 2.024; en el que fueron determinados objeto y procedimientos para dar cumplimiento a su ejecución; y
Considerando
Que, el mencionado programa “Chacabuco Construye” no fue contemplado en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2.024;
Que es necesario efectuar las adecuaciones presupuestarias que permitan la correcta registración de los procesos administrativos conforme lo establece la legislación vigente;
Que en el Art.5º del Decreto 1195/24 se establece la composición del Recurso que resultara de aplicación para la Fuente de Financiamiento, por lo que se deberá crear una cuenta en el Cálculo de Recursos en la que se registraran los ingresos y que a su vez servirán de crédito presupuestario para la partida del Presupuesto de Gastos que reflejara las erogaciones resultantes de la ejecución del programa.-
Que el Programa tiene una finalidad social y de crédito, por lo que deben considerarse también la instrumentación del recupero y su correspondiente registración que deberá instrumentar la Secretaria de Hacienda a través de la Dirección de Recaudación donde establecerá periodo y condiciones de recupero; la que deberá considerarse también como integrante del recurso de futuros financiamientos.
Que debe establecerse dentro de la Estructura Programática vigente la Unidad Ejecutora del Programa estará bajo la Jurisdicción Secretaria de Obras y Servicios Públicos; a los efectos del seguimiento, evaluación y confección de expedientes para registrar su evolución económica-financiera.
Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario realizar las adecuaciones y/o modificaciones presupuestarias que no signifiquen cambios cuantitativos, sino transferencias y reimputaciones de créditos presupuestarios conforme lo autoriza la Ord. Art.11 y 12 de la Ord. 10.169/24; y como consecuencia dictar el acto administrativo mediante el cual se proceda a lo señalado en el uso de las atribuciones otorgadas por el Art. 119 del Decreto Ley 6769/58 y modificatorias.-
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Asignar al Programa Chacabuco Construye para su ejecución en el Ejercicio 2.024 la suma de Pesos: Treinta Millones ($30.000.000), provenientes de los ingresos provinciales del Fondo de Fortalecimiento para Programas Sociales.
ARTÍCULO 2º: Reasignar créditos a las partidas de Gastos conforme el siguiente detalle:
Cuenta Presupuesto de Gastos
De:
Jurisdicción 1110102000Secretaria de Gobierno.
60.00: Prog. Fortalecimiento Familiar.
60.07:Prog.Emergencia Habitacional
Transferencias al sector privado
Partida 5.1.4.0: Fondo Fortalec. Prog. Sociales (132) $ (-30.000.000).
Para:
Jurisdicción 1110109000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos
Transferencias al sector privado
Estructura Programática:
70.00: Mejoramiento Habitacional y de uso comunitario
70.80: Programa Chacabuco Construye
Partida 6.2.1.3: Préstamos a corto plazo (132) $ 30.000.000.
ARTÍCULO 3º: Las obligaciones establecidas en el Capítulo VII – Art.15 que instrumentara la Secretaria de Hacienda formaran parte de los ingresos del Fondo Municipal para la Vivienda.
Cuenta de Recupero del Cálculo de Recursos:
12.9.08.00: Fondo Municipal de la Vivienda.
ARTÍCULO 4º: Refréndese el presente el Señor Secretario de Gobierno y Hacienda de la comuna.
ARTÍCULO 5º: El presente podrá ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.
ARTÍCULO 6º:Regístrese; comuníquese y archívese.
Chacabuco, 8 de julio de 2.024.-