Boletines/Chascomús
Resolución Nº 194/24
Chascomús, 09/08/2024
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00018278- CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “MARTÍNEZ Ana María. Solicitud de eximición. Expte. 164238”; y
Considerando
Que se presenta Ana María MARTÍNEZ, DNI 13.089.777, con domicilio en la calle Alvear N° 1294 de Chascomús, con domicilio electrónico denunciado en anmartinmed1902@gmail.com, solicitando la Eximición de Tasas Municipales por Servicios Generales y Servicios Sanitarios respecto de la Partida Inmobiliaria Nº 27880, manifestando poseer discapacidad, adjuntando su Certificado Único de Discapacidad (CUD), el cual se encuentra vigente (se adjunta en el orden 6 del referido expediente).
Que al orden 17 se adjunta copia de la Escritura del inmueble correspondiente a la partida inmobiliaria N° 27880.
Que al orden 8 se agrega libre de deuda.
Que al orden 20 y 25 se adjuntan recibos de jubilación de la peticionante y de su cónyuge.
Que al orden 26 se acompaña Informe Socio Ambiental, del cual se transcribe la parte pertinente… “Se solicita recibo de sueldo del grupo familiar, lo cual fue denegado en primera instancia. Luego de unas semanas se pudo dar con los mismos. De acuerdo a lo evaluado, teniendo en cuenta la dinámica familiar, y que los ingresos superan lo estipulado por Ordenanza Fiscal vigente, es que se propone NO EXIMIR al grupo familiar de su partida catastral 27880.Se remite nuevamente el presente informe con documentación actualizada, y con una nueva propuesta de acción.”
En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que no corresponde hacer lugar a lo peticionado, ya que, de acuerdo a la documentación obrante en estas actuaciones, no se cumplimentan con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el otorgamiento del beneficio solicitado (Art. 79 de la Ordenanza Fiscal 5525/2021).
Por ello, el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rechazar la solicitud de Eximición de Tasas Municipales por Servicios Generales y Servicios Sanitarios, respecto de la Partida Inmobiliaria Nº 27880, solicitada por Ana María MARTÍNEZ, DNI 13.089.777, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos y al solicitante en el domicilio electrónico constituido en anmartinmed1902@gmail.com.-
ARTÍCULO 3°.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-