Boletines/Chascomús

Decreto Nº745/24

Decreto Nº 745/24

Chascomús, 30/08/2024

CONFIRMAR SANCIÓN DISCIPINARIA

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00034528-CHASCOMUS-SRRHH, caratulado “Sanción Descargo UGARTEMENDIA Onar”; y

Considerando

Que con fecha 31 de Julio de 2024 el Director del Hogar de Ancianos Municipal, en uso de las facultades disciplinarias que la normativa le permite, dispuso la Sanción de diez (10) días de suspensión al agente UGARTEMENDIA César Onar, DNI 23.920.553 por los hechos ocurridos en el Hogar el día 19 de Julio del corriente año.

Que conforme el formulario de Sanción Disciplinaria, los hechos ocurrieron de la siguiente manera “Ayelén refiere que Onar se molesta cuando ella y su compañera Marisol van al patio a fumar ya que él tomaba su descanso en el lugar. Ella le expresa que puede hacerlo junto a su grupo de farmacia. Momento en el cual Onar abalanza el termo y le dice “No me jodas que te quemo”. El agua que cae del termo salpica el pie de Ayelén generándole quemaduras en los dedos. Minutos después, Ayelén solicita permiso de salida para ir al Hospital, al retirarse Onar le dice “Yo estaba descartando el agua y te queme sin querer. OK”. “Si necesitas plata para alguna crema me avisas”. La agente concurre al Hospital Municipal donde es atendida” (v. orden 2).

Que la sanción fue notificada al agente el día 31/07/24.

Que en fecha 5 de Agosto, en tiempo y forma el agente UGARTEMENDIA presenta descargo exponiendo “… Es cierto que el día 19 de Julio de 2024, siendo las 09:10 horas, prepare el mate, y antes de efectuar la cebada, tire una pequeña cantidad de agua al piso para verificar si estaba muy caliente, gesto que realizo cada vez que tomo mate en mi descanso. Dicho movimiento lo efectué estando sentado en una silla sin respaldo, más precisamente en la punta de una pequeña mesa escolar. En dicha oportunidad, el agua estaba excesivamente caliente y acumuló mucho vapor…”. “En el momento que ocurrieron los hechos Ayelén estaba sentada en el medio de la mencionada mesa escolar, mientras que en la otra punta estaba sentada mi otra compañera, Marisol OCAMPO…”.

Que a los fines de lograr mayor claridad desde la Dirección de Asuntos Legales se convocó a la agente OCAMPO Marisol, DNI 36.213.873 a prestar declaración testimonial el día 30 de Agosto a las 10 horas.

Que el día y hora fijado para la audiencia comparece la agente OCAMPO quien al ser consultada por la instrucción sobre que conocimiento tiene sobre los hechos denunciados expuso “Salimos con Ayelén a fumar al patio y a Onar le molesto. Onar arranca a decirnos que él no nos molesta cuando hacemos el descanso y manifiesta que le molesta nuestra presencia. Hasta que en un momento dice “Mira negra que te quemo” teniendo el termo en la mano y es en ese instante que tiro un chorro de agua directamente al pie de Ayelén. No fue un accidente porque es en el momento que dice “Mira que te quemo” no es que estaba cebando mate…”.

Que dicha situación no puede ser permitida ni tolerada en ninguno de los establecimientos con que cuenta el Estado Municipal, asimismo, la sanción de suspensión por diez (10) días impuesta al Agente tiene proporcionalidad con la falta cometida, conforme las normas disciplinarias del procedimiento administrativo.

Que encontrándose respaldada la denuncia efectuada con la declaración testimonial de la agente OCAMPO, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que corresponde confirmar la sanción de Suspensión de diez (10) días del agente UGARTEMENDIA César Onar, DNI 23.920.553.

Por ello, el Intendente Municipal Interino (Leandro Bordalecou) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Confirmar la Sanción Disciplinaria dispuesta de Suspensión de 10 (diez) días al Agente UGARTEMENDIA César Onar, DNI 23.920.553, Legajo Nº 7023, conforme las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría Administrativa de RR.HH., Secretaría de Desarrollo Social, Hogar de Ancianos, Dirección de Liquidaciones y agentes.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-