Boletines/Chascomús

Decreto Nº743/24

Decreto Nº 743/24

Chascomús, 29/08/2024

ADJUDICAR CONCURSO DE PRECIOS 66/24

Visto

El Concurso de Precios N° 66/2024, tramitado por Expediente Administrativo N° 4030-165217/M, caratulado “Compra de lácteos para consumo de las dependencias municipales durante el mes de Septiembre de 2024”; y

Considerando

Que a tal efecto fueron convocados distintos proveedores.

Que habiéndose llevado a cabo la apertura de las ofertas en fecha 28 de agosto de 2024 a las 10:30 horas, se presentan como oferentes:

  • LEOPOLDO GONZALEZ S.A. Con una oferta de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL VEINTE ($ 5.695.020,00) sin especificar forma de pago.
  • BLANCO LIA. Con una oferta de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 8.516.552,00) sin especificar forma de pago.

Que, analizadas las ofertas presentadas, la Comisión de Adjudicaciones aconseja al Intendente Municipal adjudicar el Concurso de Precios N° 66/2024, por ser la oferta conveniente a LEOPOLDO GONZALEZ S.A. por una suma de PESOS CUATRO MILLONES TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($ 4.035.820,00). La diferencia entre lo cotizado y lo que se sugiere adjudicar es debido a que hay ítems en los que el proveedor cotiza productos que no se corresponden con lo solicitado.

Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a los fines de adjudicar el concurso.

Por ello, el Intendente Municipal Interino (Leandro Bordalecou) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Adjudíquese el Concurso de Precios N° 66/2024, tramitado por Expediente Administrativo N° 4030-165217/M, para la “Compra de lácteos para consumo de las dependencias municipales durante el mes de septiembre de 2024”; por ser la oferta conveniente a LEOPOLDO GONZALEZ S.A. por una suma de PESOS CUATRO MILLONES TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($ 4.035.820,00).-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Contaduría, Tesorería, Compras y firma adjudicataria.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-