Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5825/24

Ordenanza Nº 5825/24

Chascomús, 08/08/2024

VISTO:

Las Ordenanzas N° 3858/2008 y 4121/2010 vinculadas a la imposición de nombres de calles que involucran el Barrio 30 de Mayo; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza N° 3858/2008 se impone nombres a las Calles y Boulevares del Barrio 30 de Mayo, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Parcela 5 d, del partido de Chascomús (027). Que, en la mencionada Ordenanza el Boulevard 7, emplazado entre la diagonal 30 de Mayo y la Calle 5 denominada José Luis Loenzo, quedo designado como Mariano Olivares. Que, posteriormente mediante Ordenanza N° 4121/2010 se impone nombres a las diagonales que nacen en el Barrio 30 de Mayo. Que, mediante dicha Ordenanza se designa el nombre de “Primera Junta” a la diagonal que nace en la Manzana 35 CB, Circunscripción II, Sección B con rumbo Noroeste hasta su intersección con Ruta 2, Chacra 57, Fracción II y Chacra 59 B.

Que, la Ordenanza N° 4121/2010 omite la designación anteriormente dada al Boulevard Mariano Olivares. Que, en las viviendas ubicadas en las manzanas 30 BB, 30 AT, 30 AG Y 30 AA y la Fracción 4, la documentación que involucra a dichos inmuebles se encuentran identificados con el nombre de Mariano Olivares. Que, los grupos familiares ocupantes de las viviendas mencionadas en el párrafo anterior cuentan con documentación personal que acredita su domicilio con el nombre de Mariano Olivares. Que, al solicitarles a estas familias la modificación de toda su documentación personal implicaría un gran perjuicio económico y temporal.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-  Conservar el nombre de Mariano Olivares al Boulevard emplazado en el Barrio 30 de Mayo, que involucra las manzanas 30 BB, 30 AT, 30 AG, 30 AA y la FRACCION 4, en el recorrido de la calle Primera Junta sentido noroeste.-

ARTICULO 2°.- De forma.-