Boletines/Chascomús

Decreto Nº672/24

Decreto Nº 672/24

Chascomús, 09/08/2024

ADICIONAL DE OBRA CONSTRUCCIÓN 16 VIVIENDAS

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-157187/I Alcance 29 caratulado “Adicional de obra – Construcción 16 viviendas”; y

Considerando

Que a través del expediente principal, desde la Secretaría de Obras, se tramitó la ejecución de la obra de “Construcción 16 viviendas”.

Que la misma fue adjudicada a la firma PLAYA CONSTRUCCIONES SRL.

Que conforme surge de la Memoria Descriptiva agregada al Expediente Administrativo referido a fs. 7/22, el sector donde se encuentra la obra está ubicado en la zona urbana de la ciudad en el Barrio Acceso Norte sobre tres manzanas contiguas al barrio existente, detallándose la realización de calles, red de agua y cloacas, y alumbrado público.

Que el valor de las tareas y materiales necesarios asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRÉS con 22/100 ($120.625.423,22) equivalentes a Doscientas Cincuenta y Cuatro Mil Novecientas Sesenta y Dos con 74/100 UVIs (254.962,74), al valor UVI del 31.01.24.

Que habiéndose celebrado el contrato por la suma equivalente a 1.085.015,18 UVIs, el valor de las tareas adicionales supera escasamente el 23,5% del importe contratado permitido por el Art. 146 de la LOM para ser considerado como un adicional de obra.

Que ha de dejarse aclarado que por Decreto 1152/22 ya se autorizó un adicional de obra consistente en el 1,81% del valor de la obra.

Que sin perjuicio de ello el párrafo 2° del referido Art. 146 dispone que, previo dictamen del organismo técnico municipal, también podrán disponerse trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución siempre que el importe de estos trabajos no exceda el 50% del monto total contratado.

Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que podrá el D.E. autorizar el Adicional de Obra de conformidad con lo prescripto por el Art. 146, 2° párrafo de la LOM, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese un Adicional de Obra por la suma PESOS CIENTO VEINTE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRÉS con 22/100 ($120.625.423,22) equivalentes a Doscientas Cincuenta y Cuatro Mil Novecientas Sesenta y Dos con 74/100 UVIs (254.962,74), al valor UVI del 31.01.24 para la ejecución de obra de infraestructura conforme lo expuesto en el exordio, a PLAYA CONSTRUCCIONES SRL.-

ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 46.96.00, Partida 4.2.2.0, Fuente 132 –Afectado Provincial- Recurso 22.5.01.27.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Contaduría y Tesorería.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal  y archívese.-