Boletines/Chascomús

Decreto Nº670/24

Decreto Nº 670/24

Chascomús, 08/08/2024

FE DE ERRATAS DTO 610/24, RESIDENCIAS MÉDICAS

Visto

El Decreto N° 610/2024; y

Considerando

Que mediante el referido Decreto 610/24 de fecha 15 de Julio del año 2024 se otorgó a los profesionales Residentes que integran las Unidades de Residencias del Sistema de Salud Público Municipal un incentivo económico complementario de la retribución mensual que perciben en concepto de Beca por parte del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

Que en el Artículo 2° del mismo se consignó que el incentivo económico será equivalente al 30% calculado sobre el Valor Básico vigente.

Que sin embargo el porcentaje decidido por el D.E. fue del 35 %.

Que el Art. 115° de la Ordenanza General 267 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos.

Que tratándose en este caso de una errónea exteriorización de la auténtica voluntad de la Administración resulta necesario dictar el correspondiente Decreto de Fe de Erratas.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese el Artículo 2° del Decreto N° 610/2024, que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 2°.- El incentivo económico será equivalente al 35% calculado sobre el valor básico vigente, conforme a la Escala Salarial fijada por la Provincia de Buenos Aires para Residentes (según el año que estén cursando -de 3er Año – 2° Nivel – Soltero), autorizándose su pago conforme el detalle de los profesionales que brindará la Secretaría de Salud Pública.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Salud Pública, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección Administrativa del Hospital Municipal “San Vicente de Paúl”, Dirección de Liquidaciones, Contaduría y Tesorería.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-