Boletines/Chascomús
Decreto Nº 669/24
Chascomús, 07/08/2024
RENDICION RIFA BOMBEROS 2023-2024
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-164850 caratulado “Rendición de Rifa periodo 2023-2024”, Expediente Administrativo GDE EX-2023-00025815-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chascomús Solicitud de autorización para emisión de rifas 2023”; y
Considerando
Que la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chascomús, solicitó oportunamente la autorización de lanzamiento de la rifa para el periodo 2023-2024 mediante la cual obtendrá ingresos que permitan el correcto y normal funcionamiento de las diversas actividades operativas de la Institución.
Que la Entidad solicitante obtuvo por Decreto N° 677/2023 de fecha 11 de Julio de 2023 autorización para la Rifa aludida, tal como se desprende del Expediente Administrativo GDE EX-2023-00025815-CHASCOMUS-MESA#SG.
Que el Tesorero de la Institución, mediante diversas notas de fechas 10/06/24, 10/07/24 y 31/07/24 hace llegar el Balance correspondiente a la rifa autorizada cuyo sorteo final se realizó el pasado 27 de Julio de 2024, detallando beneficiarios de los premios entregados, adjuntando recibos de entrega de premios, fotocopias de cartones de los ganadores del sorteo final, copia de comprobante de entrega de los premios y las publicaciones en los diarios de cada uno de los sorteos realizados, como así también resultado de la rendición de fondos y copia certificada de facturas de gastos.
Que mediante nota de fecha 31/07/24 la Institución adjunta Acta Comisión Directiva N° 3418 de fecha 26 de Julio de 2024, conteniendo el detalle de los números que no participan del sorteo final, la que, si bien no es un Acta Notarial como requiere la Ordenanza N° 5202/17, ha sido incorporada a las actuaciones administrativas brindándole ello fecha cierta (conf. Art. 317 CCyC) por lo que se entiende cumplida la finalidad de la norma.
Que con el acta mencionada se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el art. 9 de la Ordenanza 5202/17.
Que la Entidad ha dado cumplimiento con la presentación de la documentación requerida agregando los tres ejemplares del diario “El Argentino” en los cuales se publicó el listado de los ganadores de los premios conforme lo dispuesto por el Art. 4 del Decreto N° 677/2023 . Asimismo, conforme el Art. 10 de la Ordenanza N° 5202/17 acompaño copias certificadas de la documentación que acredita “el destino dado a los fondos provenientes de la misma, coincidentemente con lo proyectado al efectuar el pedido”.
Que a fs. 39 luce agregado comprobante de pago Póliza De Seguro de Caución en relación a los Premios de la presente Rifa.
Que cabe concluir que con la documentación referida, surge el cumplimiento de la rendición de cuentas de la Rifa autorizada por Decreto N°6777/2023 y conforme la Ordenanza N° 5202/17.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que es procedente aprobar la rendición de cuentas efectuada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chascomús en relación a la Rifa correspondiente al Periodo 2023-2024 de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la rendición de cuentas efectuada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios Chascomús en relación a la Rifa autorizada mediante Decreto N° 677/2023 correspondiente al periodo 2023-2024.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Dirección de Relaciones Institucionales, Ingresos Públicos y Entidad Organizadora.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-